Los funcionarios del Tribunal de Faltas serán seleccionados por un Jurado Evaluador

Así lo determinó el Concejo Deliberante que aprobó la conformación de la junta y estableció las condiciones de Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

Los funcionarios del Tribunal de Faltas serán seleccionados por un Jurado Evaluador
Los funcionarios del Tribunal de Faltas serán seleccionados por un Jurado Evaluador

El cuerpo legislativo de la ciudad de Oberá, aprobó la conformación de un Jurado Evaluador para elección de funcionarios del Tribunal de Faltas Municipal. Además, estableció las condiciones del concurso público, oposición y antecedentes.

El jurado estará compuesto por siete miembros titulares y siete suplentes: un abogado recomendado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones; dos representantes del Concejo Deliberante de Oberá (uno de la mayoría y uno de la minoría); el Juez o Secretario de Faltas Municipal; un representante del Departamento Ejecutivo de Oberá con título universitario; un magistrado o funcionario del Poder Judicial de la Provincia de Misiones; y un representante de la Facultad de derecho y ciencias sociales y políticas, perteneciente a la Universidad Nacional del Nordeste.

La carta orgánica Municipal regula todo lo concerniente al tribunal municipal de faltas, y específicamente el art. 147 establece la necesidad de que los secretarios o jueces de falta sean designados por un jurado evaluador creado al efecto.

La ordenanza aprobada cuenta con 5 capítulos que van desde la reglamentación de los requisitos para la inscripción, la apertura del concurso, la reglamentación de la conformación y tarea del Jurado Evaluador, la etapa de evaluación de los candidatos y el final con la designación.

Los requisitos para participar del concurso de antecedentes son: ser argentino nativo o naturalizado, con residencia en el Municipio de Oberá continua e inmediata anterior a su presentación como postulante de cuatro 4 años. Tener 25 años de edad como mínimo para el cargo de Juez y de 23 años de edad como mínimo para el cargo de secretario, al momento de su inscripción. Poseer título de abogado expedido por universidad pública o privada reconocida oficialmente. Acreditar con constancia expedida por el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones, un mínimo de 4 y 2 años de inscripción en la matricula como mínimo, según fuere el cargo para Juez o Secretario.