Mendoza busca diversificar su matriz productiva con Cannabis medicinal

El Gobierno se encuentra trabajando en la reglamentación una ley que permita desarrollar la industria de la marihuana medicinal. Esta actividad, ya está vigente en países como Uruguay o Chile.

Mendoza busca diversificar su matriz productiva con Cannabis medicinal
Mendoza ya trabaja para desarrollar la industria del cannabis medicinal.

El Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Economía y Energía, se encuentra en la búsqueda de la diversificación de la matriz productiva de la provincia. Es por ello que se está desarrollando una investigación para lograr la regulación y el control del cannabis medicinal.

La iniciativa comenzó luego de que la Legislatura provincial adhiriera en diciembre a la Ley 27350, que permite la investigación médica y científica, el uso y el cultivo de la planta y sus derivados.

El cannabis se ha utilizado por miles de años con fines medicinales. Esta planta posee distintos principios activos, denominados cannabinoides que permiten tratar dolencias como cáncer, epilepsia, glaucoma, esclerosis múltiple, fibromialgia y dolor crónico, entre otros.

El cannabis medicinal es utilizado hace miles de años en algunas culturas.
El cannabis medicinal es utilizado hace miles de años en algunas culturas.

Por eso, esta Ley tiene doble beneficio: diversifica la actividad productiva de Mendoza, con una industria ligada a la agricultura y da acceso legal, y seguro a los mendocinos que necesitan los derivados del cannabis.

Desde el ejecutivo provincial plantean la idea de producir el ciclo económico completo en la provincia, desde el cultivo hasta el aceite de cannabis. Esto genera expectativas teniendo en cuenta que estas inversiones generan empleo.

El programa funcionará bajo la órbita del Ministerio de Economía y Energía, que será la autoridad de aplicación en todas las etapas de la cadena de valor, tal como lo hace con diversas actividades agrícolas de la provincia.

Cabe destacar que, se creará un registro de usuarios y usuarias que cultivan para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos en sus domicilios: podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.

Calidad y seguridad del producto

Con el fin de mantener la calidad del producto y la seguridad sanitaria del cannabis se trabajará de manera conjunta con el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y organismos científicos como el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina (CONICET).

La instrumentación de la Ley, además de garantizar la provisión segura, promueve la investigación para seguir indagando en los usos terapéuticos de esta planta, por lo que el INTA y el CONICET tendrán sus propios cultivos con fines de investigación científica.

Mendoza ya trabaja para desarrollar la industria del cannabis medicinal.
Mendoza ya trabaja para desarrollar la industria del cannabis medicinal.

Registro y control

El Ministerio de Economía y Energía avanza en la creación de un registro para garantizar la trazabilidad y calidad del producto, que debe cumplir con las exigencias de toda la cadena de valor: desde el cultivo hasta la producción, transformación y/o distribución de derivados de grado médico.

Para garantizar esto, habrá un Consejo Consultivo de Cannabis, un organismo especial de asistencia técnica que trabajará con el Ministerio y que se ocupará del diseño de manuales de procedimientos y buenas prácticas.

El consejo

1.         Dos representantes del Ministerio de Economía y Energía.

2.         Un representante del INTA.

3.         Un representante del CONICET.

4.         Un representante de la Agencia Mendocina de Innovación, Ciencia y Tecnología.

5.         Un representante de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo.

6.         Un representante de la UVT.

7.         Un representante del ISCAMEN.

8.         Un representante del Ministerio de Salud.

9.         Un representante de una Asociación Civil que tenga como objeto los fines perseguidos por la presente reglamentación.

10.      Un representante de la Cámara de Diputados.

11.       Un representante de la Cámara de Senadores.

A este consejo se sumará un órgano resolutivo con facultades de dictar protocolos, instructivos y normas obligatorias para el registro. Otorgará licencias de semillas y controlará los planes de cultivo, fiscalizando el funcionamiento del emprendimiento con facultades para sancionar en caso de incumplimientos.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza.