Ley de Nietos: desde cuándo el consulado español de Mendoza dará 50 turnos diarios
A partir del lunes 31 de octubre el consulado español radicado en Mendoza dará 50 turnos por día para quienes deseen obtener su ciudadanía.
El 20 de octubre se publicó la Ley de la Memoria Democrática 20/2022, conocida como Ley de Nietos, para iniciar el trámite de ciudadanía española. A partir del lunes 31 de octubre, el consulado español de Mendoza dará 50 turnos diarios por orden de llegada.
La entrega de los cupos será a partir de las 8:15 horas en el Consulado General de España. El trámite se realiza de manera gratuita y no es necesaria la representación por parte de gestores o tramitadores.
Toda la información sobre los trámites y documentación se encuentra en la página web oficial del consulado www.exteriores.gob.es/consulados/mendoza.
Ley de Nietos: cómo iniciar la adquisición de la nacionalidad española
- Se darán 50 turnos diarios por orden de llegada.
- Se entregará un turno por persona de lunes a viernes a partir de las 8:15 horas.
- El turno es nominativo e intransferible.
- El interesado/a deberá tener la identificación en vigor (DNI).
- El interesado/a entregará personalmente:
Anexo que corresponda junto con una fotocopia (El Consulado General de España no hace fotocopias). La documentación requerida para cada caso (www.exteriores.gob.es/consulado/mendoza).
Ley de Nietos: quiénes pueden solicitar la ciudadanía europea
Los requisitos para obtener la ciudadanía española bajo esta nueva normativa, los principales puntos a tener en cuenta coinciden con la ley anterior.
- No hay límite de edad.
- Los solicitantes dispondrán de dos años para ser otorgada la ciudadanía, con una prórroga de un año.
- Estarán contemplados aquellos que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.

Requisitos para hijos directos de españoles
Personas que hayan nacido previo al 9/1/1985, padre o madre con natalicio fuera de España y que hayan obtenido la nacionalidad antes de que la persona naciera.
El ciudadano debe tener menos de 21 años, y el padre o la madre tienen que haber nacido fuera del territorio español y tener nacionalidad española previamente a que el aspirante naciera.
El solicitante tiene que ser menor de 20 años, y el padre o madre haya nacido fuera de España y realizado la nacionalidad española luego de que el aspirante naciera previamente a sus 18 años.
Documentación requerida para obtener la ciudadanía española
- Acta de opción por la nacionalidad española: está habilitada en la página web de los consulados españoles en Argentina.
- Partida de nacimiento de progenitores españoles: en caso de que no esté anotado en el Registro Civil del Consulado o en un Registro Civil. El documento debe tener dos años de antigüedad y se obtiene a través del Ministerio de Justicia de España.
- Partida de nacimiento del aspirante: dada por el Registro Civil argentino, tendrá que ser legitimada por el Ministerio del Interior (Ministerio de Relaciones Exterior en el caso de los nacidos de CABA) y contar con la apostilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de progenitores: en caso de que no haya este documento, se tendrá que mostrar la partida de nacimiento del padre o madre que no tenga nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del aspirante.
El Consulado General de España en Mendoza dará 50 turnos diarios por orden de llegada a partir del lunes 31 de octubre.

