Es ley la boleta única en Mendoza y se aplicará en las próximas elecciones: ¿De qué se trata?

La provincia concentrará las boletas de todos los frentes y partidos en una sola, y se elimina el cuarto oscuro para votar. Los detalles.

Es ley la boleta única en Mendoza y se aplicará en las próximas elecciones: ¿De qué se trata?
Aprobaron la Boleta Única en Mendoza.

En Mendoza se aprobó este miércoles el proyecto de Boleta Única. Obtuvo 31 votos positivos, 15 negativos y una ausencia en la Cámara de Diputados de la Legislatura de Mendoza y se convirtió en ley, la que se aplicará para la votación de las próximas elecciones.

El proyecto que fue impulsado por el oficialismo obtuvo media sanción en la Cámara Alta, pero no fue apoyado por el Frente de Todos, ya que los legisladores votaron en contra. En tanto que el Frente de Izquierda y de los Trabajadores, Partido Demócrata y Partido Verde acompañaron con sus votos positivos.

Con esta nueva Ley, los mendocinos ya no encontrarán varias boletas al ingresar al cuarto oscuro, el que también dejará de existir. De esta manera, la boleta única presenta toda la oferta electoral en un solo lugar y los electores tendrán que marcar con lapicera el casillero del partido al que quiere votar.

Además, la votación ya no se hará en el cuarto oscuro, sino frente a las autoridades de mesa, pero detrás de tabiques que resguarden la privacidad del voto. Esto es para evitar el uso de celulares como ocurría en el cuarto oscuro. Cabe aclarar que solo se aplicará en las elecciones que sean desdobladas de la Nación.

Cómo es el recinto de votación y cómo es la boleta única. Gustavo Guevara. Gentileza Diario Los Andes.
Cómo es el recinto de votación y cómo es la boleta única. Gustavo Guevara. Gentileza Diario Los Andes.

Cómo se aplicará el sistema de Boleta Única para las elecciones en Mendoza

  • Estará dividida en columnas y filas. Una columna de igual dimensión para cada agrupación política que cuente con listas de candidatos/as oficializadas.
  • Las columnas estarán separadas entre sí por una franja vertical continua de color, para diferenciar las agrupaciones políticas.
  • Las filas se separarán con líneas grises continuas horizontales, para los diferentes tramos de cargos electivos.
  • Las columnas contendrán un casillero de fondo negro con letras blancas, en el que se incluirá uno con fondo blanco, donde se inserte el símbolo partidaria o distintivo de la agrupación política, y el nombre de la agrupación, además del número de lista.
  • Asimismo fija que deberá contener un casillero en blanco junto con la leyenda “voto lista completa” para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos, provinciales y municipales, en su caso.
  • También incluirá el apellido y nombre de los candidatos a gobernador y vice, en caso de corresponder; de los candidatos a Senadores Provinciales de la Sección Electoral correspondiente y la foto de los dos primeros candidatos. Se aplicará igual en los cargos de Diputados Provinciales; Intendentes y Concejales.
  • Todas las columnas también deben contener un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia, siempre que no haya optado por lista completa.
  • En todos los casos, las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria que deben contener de manera visible y clara las listas de candidatos propuestos por las agrupaciones políticas que integran cada Boleta Única, los cuales deben estar oficializados, rubricados y sellados por la Junta Electoral.
  • La boleta única además tendrán en forma impresa la firma legalizada del presidente de la Junta Electoral y un casillero habilitado para que el presidente de mesa, junto con los fiscales acreditados, puedan firmar al momento de entregar la Boleta Única que correspondiere al elector, las instrucciones para la emisión del voto y la indicación gráfica de sus 4 pliegues de modo que al doblarse pase fácilmente por la ranura de la urna.
  • Se incorpora el voto asistido para facilitar el voto de los ciegos y/o personas con discapacidad o condición física permanente o transitoria que restrinja o dificulte el voto; se elimina el sobre, dado que la boleta se dobla e introduce en la urna y se establece que ningún elector podrá hacer uso en el momento de ejercer el voto de ningún dispositivo celular y/u otro que permita realizar fotografías.