Cómo se deben exhibir los precios en los comercios y dónde denunciar si no están

La Dirección de Fiscalización y Control recordó que está vigente la ley de exhibición de precios, que deben mostrarse de forma clara y legible.

Cómo se deben exhibir los precios en los comercios y dónde denunciar si no están
Cómo deben exhibirse los precios y dónde denunciar si no están

El organismo dependiente del Ministerio de Economía y Energía recordó que todos los comercios deben mostrar sus precios de manera clara y sin engaños ni malos entendidos. La ley se debe cumplir para evitar confusiones del consumidor en medio de la crisis inflacionaria.

“Quienes voluntariamente publiciten precios de bienes, muebles o inmuebles o servicios deberán hacerlo conforme a lo establecido en la Resolución Nacional 07/02, concordante con el Decreto 274/19 de Lealtad Comercial”, explicó el organismo.

José Cortez, director de Fiscalización y Control, consideró: “Creemos que es un aporte en este contexto de inflación descontrolada en el país. Conocer los valores puede significar hacer una compra inteligente en medio de una macroeconomía compleja y muy hostil para los salarios”.

Los precios deben exhibirse de manera que no generen confusiones: el valor total más grande que el de a cuota, los carteles legibles para todos y la lista de precios a disposición de quien la pida.

Cómo deben mostrarse los precios de los diferentes comercios y servicios

En supermercados, farmacias y mercados: la exhibición de precios debe efectuarse por unidad, de forma clara, legible y horizontal, sobre cada producto.

En verdulerías: la exhibición debe ser sobre cada producto; en cajón, cajas, heladeras o exhibidores; de forma clara, visible, legible y horizontal. La lista de precios tiene que estar a disposición del cliente.

En vidrieras: todo lo que se muestra debe tener su precio legible desde la vereda, sobre cada producto.

En carnicerías: debe haber carteleras en el interior de los locales de forma destacada y legible, y debe indicar el precio por unidad de venta de los cortes y tipos de carnes, y sus derivados.

En pescaderías: también debe haber carteleras con los precios por unidad, especies y corte de pescados y mariscos, en el interior de los locales.

En panaderías: carteleras en el interior de los locales de forma destacada y legible, indicando los tipos de panes y facturas.

En casas de comida para llevar: la exhibición de precios debe ser mediante carteleras ubicadas en el interior de los comercios, de forma destacada y legible, aclarando si el valor es por peso o por plato. Además, debe indicarse las variedades de comidas preparadas.

Exhibición de productos por peso envasados: deberá indicarse en sus rótulos, además del precio de la fracción, el peso neto y el precio por kilogramo correspondiente.

En farmacias: deberán tener la lista de precios actualizados a disposición del público, de todas las especialidades medicinales. Asimismo, debe mostrarse en un lugar destacado y con caracteres visibles un cartel con la leyenda “Lista de Precios y Descuentos a Disposición del Público”.

En el caso de tener góndolas y vidrieras, los precios deben efectuarse por unidad, de forma clara, visible, legible y horizontal sobre cada producto.

En playas de estacionamiento: los precios deben estar a la entrada o lugares de acceso de forma destacada y visible desde el interior de los vehículos. Se debe detallar el precio por día, hora o fracción, de acuerdo con el tipo y tamaño de cada unidad: chico, mediano, grande.

En estaciones de servicio de combustibles: la exhibición deberá realizarse durante la totalidad del horario de atención de forma tal que desde la calzada de cada acceso sea visible y el precio mostrado debe ser por litro o metros cúbicos.

En los surtidores de naftas deben tener una leyenda con la indicación de octanos del combustible “Producto con plomo”, “Producto sin plomo”.

Gas licuado de petróleo (GLP): exhibición en el interior de los comercios, de forma destacada y visible, según las capacidades de los envases.

En hoteles, hospedajes y campings: además de mostrar los precios en cartelera, se debe especificar qué incluye la tarifa diaria. Los precios no incluidos en esta tarifa deben estar especificados.

En locales gastronómicos: los precios deben mostrarse mediante listas ubicadas en los lugares de acceso y en el interior del local, que debe tener la carta actualizada.

En dietéticas y venta de golosinas: deben tener la lista de precios a disposición del consumidor.

En ferreterías: si hay productos exhibidos en vitrinas y vidrieras, los precios deben estar colocados sobre el producto. Para los demás artículos debe hacer una lista de precios a disposición del cliente.

En salones de belleza: las peluquerías debe exhibir los precios mediante listas. En el caso de que tengan productos para la venta, debe colocarse el precio sobre el producto.

Para denuncias por incumplimientos se puede llamar al teléfono 0800 333 3492, de lunes a viernes de 8 a 16 horas.