El Ministerio de Gobierno decidió despedir a una empleada por inasistencias injustificadas. La agente cumplía funciones en el Registro Civil.
A través del decreto Nº 1.7.51 se determinó la sanción por las faltas no justificadas ocurridas en " en el mes de diciembre de 2018: once (11) días; en el mes de abril de 2019: tres (03) días; en el mes de mayo de 2019: ocho (8) días; en el mes de junio de 2019: nueve (09) días y en el mes de julio de 2019; un (1) día”.
La empleada pública no pudo justificar 32 inasistencias en total. Durante el proceso sumarial la agente en cuestión se abstuvo de declarar.
“Que en orden 35 obra dictamen de clausura emitido por la Oficina General de Sumarios aconsejando aplicar la sanción de cesantía a la agente mencionada, en razón de haberse ausentado, sin justificación alguna, de su lugar de trabajo durante más de seis días continuos o discontinuos durante el plazo de seis meses (Artículo 5 inc. a) Anexo I Ley Nº 9103)”, concluye el decreto.