Con la finalidad que en toda obra pública o edificio, estatal o privado, que se proyecte y/o construya en el futuro, destinado a actividades que supongan concurrencia de público, en especial en establecimientos educativos, deberán prever accesos, señalización de todo tipo, medios de circulación e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad.
Así le dio despacho favorable la comisión de comisión de Obras Públicas, Urbanismo y Vivienda, al expediente de Omar Sorroche (MC) referido a la señalización de trayectos accesibles para personas con discapacidad.
Modificaciones en los artículos de la ley 5041
El proyecto original tuvo modificaciones y recibió aportes que, según la óptica de los legisladores, hace más abarcativo el espectro de personas a las que se busca beneficiar por lo cual, propone cambios al artículo 24 de la Ley 5041 (Ley de Discapacidad).
En tal caso, se menciona a las personas con discapacidad en general, y no se puntualiza en las “personas con discapacidad motora” como originalmente se proponía.
De este modo, el artículo 24 de la 5401 tiene una nueva propuesta de redacción relacionada a que en toda obra pública o edificio, estatal o privado, que se proyecte y/o construya en el futuro, destinado a actividades que supongan concurrencia de público, en especial en establecimientos educativos, deberán prever accesos, señalización de todo tipo, medios de circulación e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad y lo que establezca el decreto reglamentario.
Continúa, el despacho, haciendo referencia a que las previsiones deberán cumplir con los estándares de accesibilidad, diseño universal e inclusión; y agrega que deberán observarse todo tipo de barreras, ya sean urbanísticas, arquitectónicas, en el transporte y en la comunicación.
A su vez, la redacción indica que las previsiones deben realizarse en todas las obras y/o edificios ya existentes.