Tras la corta Fase 1, Mendoza vuelve al distanciamiento social

El Gobierno provincial prorrogó el distanciamiento social, preventivo y obligatorio desde las 5.30 de este martes. Los cambios en detalle.

Tras la corta Fase 1, Mendoza vuelve al distanciamiento social
Employees measure the distance of two tables as coffee shops reopen following the easing of measures against the spread of the coronavirus disease (COVID-19), in Mendoza, Argentina May 29, 2020\u002E REUTERS/Maximiliano Rios NO RESALES\u002E NO ARCHIVES

Luego de la Fase 1 de 37 horas para evitar aglomeraciones por los posibles festejos por el Día del Estudiante y de la Primavera, Mendoza vuelve a la etapa de distanciamiento social. Las autoridades provinciales anunciaron en conferencia algunos cambios para esta etapa.

El Ejecutivo prorrogó el distanciamiento social, preventivo y obligatorio. A partir de que el artículo 9 establece que desde las 5.30 del martes 22 de septiembre, "se prorrogan, y hasta tanto se emita una nueva norma modificando lo establecido en el presente decreto, las medidas adoptadas por Decreto Acuerdo Nº 1078/20, sus normas modificatorias y complementarias con las excepciones previstas en el presente".

Los cambios

Restaurantes y cafés

Los restaurantes y cafés, podrán funcionar en modalidad presencial con un límite de cuatro personas por mesa y siempre que las mismas estén dispuestas al aire libre.

A tal fin, podrán colocar mesas en espacios al aire libre debidamente habilitados por disposición de la autoridad competente, anterior a la fecha de emisión del presente decreto. No podrán habilitarse nuevos espacios a los ya otorgados.

En caso de patios o espacios internos, habilitados a la fecha del presente, deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran. Podrán funcionar, en todos los casos, bajo la modalidad de delivery y "pase y lleve".

Ingreso a la provincia

El artículo 11 menciona que "todas las personas que ingresen al territorio provincial, por cualquier medio de transporte o vía de ingreso, deberán realizar un período de aislamiento obligatorio hasta completar diez días desde su ingreso, o el plazo que la autoridad sanitaria disponga, el que deberá ser cumplido en los hoteles y/o alojamientos que a tal fin determine la autoridad competente".

Esta es otra de las modificaciones anunciadas, ya que se reducen de 14 a 10 los días de aislamiento obligatorio.

Foto: Gentileza Los Andes
Foto: Gentileza Los Andes

Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones y restricciones establecidas como consecuencia del estado de "alerta sanitaria" se sancionarán con una multa de 10 mil pesos para la persona infractora.

Además, deberán abonar 50 mil pesos los propietarios de locales o domicilios particulares donde se produjeran encuentros clandestinos.

Estas sanciones también se aplicarán a aquellas personas que circulen a partir de las 23.30 hasta las 05:30 todos los días, mientras dure la vigencia de la alerta sanitaria.