Estas son las nuevas actividades habilitadas desde este lunes

El Gobierno de Mendoza dio luz verde al personal de la Anses, a las compañías de seguros y los entrenamiento de pilotos, entre otras.

Estas son las nuevas actividades habilitadas desde este lunes
Anses

El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, anunció este domingo a través de Twitter que quedan exceptuadas de de cuarentena obligatoria ocho nuevas actividades en la provincia. El Gobierno publicó el Decreto N°620 con los protocolos que tendrán que cumplir cada una de ellas para poder funcionar.

Desde este lunes, vuelven las actividades religiosas -sin celebración de ceremonias-, las compañías de seguros, el personal de la ANSES y las concesionarias, entre otras.

Sin embargo, el Gobernador destacó que "continúa el aislamiento social, preventivo y obligatorio e instamos a la población al estricto cumplimiento de la normativa vigente. El peligro es aún latente y cada vez que flexibilizamos el aislamiento, es cuando más que nunca tenemos que cumplir las normas".

Además, Suarez resaltó que "en Mendoza tenemos un alto grado de acatamiento, y cuando no sea así, vamos a caer con toda la fuerza de la ley para sancionar a los incumplidores".

Las nuevas actividades exceptuadas

1. Actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugres de culto de cercanía correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas.

2- Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves.

3- Fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimos.

4- Actividad de entrenamiento de pilotos.

5- Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

6- Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.

7- Las actividades de las concesionarias de los corredores viales, incluyendo el cobro de peaje.

8- Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.

El Decreto y los protocolos para cada actividad 

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