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Vía Jujuy / Legislación y justicia

Corrupción, la razón por la que un Tribunal de Jujuy condenó a un exintendente

Ordenaba comprar materiales eléctricos y de construcción para el municipio, en comercios de su propiedad.

Corrupción, la razón por la que un Tribunal de Jujuy condenó a un exintendente
autor avatarEduardo SánchezSeguinos enGoogle
22 de febrero de 2021, 22:46
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El Tribunal en lo Criminal nº 2 de Jujuy condenó a Omar Antonio Carrasco, exintendente de la Municipalidad de Fraile Pintado -a 97 km de San Salvador de Jujuy-, a la pena de tres años de prisión en forma de ejecución condicional, más la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al determinar que es “autor material y responsable del delito de negociaciones incompatibles con la función pública”.

De acuerdo con la acusación fiscal, durante los años 2012 y 2013 Carrasco ejercía como intendente municipal de aquella ciudad, cuando ordenó contrataciones comerciales con las firmas “Ferretería Carrasco”, propiedad de su padre Antonio Carrasco -ya fallecido-, y “Carrasco Electricidad”, perteneciente al propio imputado.

Conocida este lunes la sentencia, la fiscal anticorrupción de Jujuy, Josefa Herrera, valoró que “el fallo es de gran importancia, ya que hace a la transparencia de los actos de gobierno y al fortalecimiento de la democracia”.

En el juicio oral y público en el que el exintendente ramaleño resultó condenado, la Oficina Anticorrupción de Jujuy tuvo el rol de querellante.

El expediente de la causa llevó el n° 2.302 y estuvo caratulado “Carrasco, Omar Antonio: Negociaciones incompatibles con la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real. Fraile Pintado”.

Los miembros del Tribunal en lo Criminal nº 2 de Jujuy en el estrado, y el exintendente Omar Carrasco en el banquillo de los acusados.
Los miembros del Tribunal en lo Criminal nº 2 de Jujuy en el estrado, y el exintendente Omar Carrasco en el banquillo de los acusados.

El Tribunal -integrado por los jueces Luis Ernesto Kamada -presidente de trámite-, Mario Ramón Puig y la jueza Claudia Cecilia Sadir- aplicó además a Carrasco una multa de $ 776.701,74, equivalente al doble de la suma por la que fue enjuiciada a valores históricos, la cual será actualizada conforme el procedimiento previsto en el artículo 527 2º párrafo del Código Procesal Penal de la Provincia, informaron voceros judiciales.

Los materiales estaban destinados a proyectos de obras públicas y las compras cuestionadas representaron una suma de $263.039,09 y otra de $125.311,78, que fueron objeto de observación por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

“Esto fue considerado un beneficio indebido para sí y/o familiares directos, violando con su accionar los deberes y obligaciones impuestas, debido al cargo público que detentaba, por las normas legales vigentes y especialmente en lo referido a los principios de imparcialidad y desinterés personal establecidos en la ley provincial nº 5.153 de Ética Pública”, puntualizaron las fuentes.

El representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA) ante el Tribunal fue el fiscal José Alfredo Blanco, quien en su alegato solicitó que se aplique al inculpado la pena de tres años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real.

Como querellante, en representación de la Oficina de Anticorrupción, se desempeñó el abogado Fernando Bóveda, quien pidió para Carrasco la pena de tres años y medio de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y que se le aplique una multa de valor actualizado cercano a los 1,5 millones de pesos.

Por su parte el abogado Hugo Raúl Castro, defensor del imputado, solicitó la absolución de su cliente.

El pronunciamiento del Tribunal en lo Criminal n°2 fue dado a conocer por la secretaria del Tribunal, Silvia Meriles Lello, en la última audiencia del juicio oral y público al exfuncionario municipal.

El Departamento de Prensa y Relaciones Públicas del Poder Judicial de Jujuy informó a su vez que los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, momento a partir del cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

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