Jubilados: qué grupo no tendrá que pagar la VTV

Este trámite es obligatorio para todos los vehículos que circulen por la Argentina. Qué grupo de jubilados estará exento.

Jubilados: qué grupo no tendrá que pagar la VTV
Qué grupo de jubilados no va a pagar más la Verificación Técnica Vehicular.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio, tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en Provincia, que deben realizar los conductores para poder transitar por las calles y rutas del país. Ante los nuevos aumento de mayo, un grupo de jubilados tendrá la posibilidad de gestionarlo de forma gratuita.

Los jubilados mayores e 65 años estarán exentos de pagar la VTV.
Los jubilados mayores e 65 años estarán exentos de pagar la VTV.

A cuánto aumentó la VTV

Desde el 1 de mayo, la VTV aumentó a los siguientes valores:

Capital Federal:

  • $19.103 para los autos.
  • $5.700 para las motos.

Provincia de Buenos Aires:

  • $15.997 para los vehículos hasta 2.500 kilos.
  • $28.796 para los autos que superen los 2.500 kilos.
  • $7.999 para los remolques, semirremolques y acoplados de 2.500 kilos.
  • $14.398 para los remolques, semirremolques y acoplados que pesen más de 2.500 kilos.
  • $4.799,35 para las motos.

Quiénes deben realizar la VTV

En Ciudad de Buenos Aires, la VTV es obligatoria para todos los autos y motos de uso particular a partir del cuarto año de antigüedad, “tomando como referencia el mes y año de patentamiento o más de 64.000 kilómetros, lo que suceda primero”, según lo que indicaron en la página oficial de la jefatura.

Por otro lado, en Provincia de Buenos Aires, la VTV es obligatoria para los vehículos particulares a partir de los dos años, mientras que para las motos es desde el año.

Qué grupo de jubilados no van a pagar la VTV

A pesar de que el trámite se debe abonar, se va a beneficiar a los siguientes grupos:

  • Jubilados, pensionados o mayores de sesenta y cinco (65) años: en todos los casos cuyos ingresos regulares no superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Personas con discapacidad con vehículos con o sin adaptaciones especiales.
  • En caso de que sean propietarios de más de una unidad, se lo beneficia con exención del pago de un solo vehículo.
  • Vehículos que realicen servicios municipales.
  • Vehículos que formen parte del cuerpo de bomberos.