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Información General / Gobierno de Milei

ARCA: cuáles son los movimientos de los clientes que deben informar bancos y billeteras virtuales

A raíz de una fake news, la agencia detalló a partir de qué importes se debe dar a conocer la actividad de los clientes.

ARCA: cuáles son los movimientos de los clientes que deben informar bancos y billeteras virtuales
autor avatarRedacción Vía PaísSeguinos enGoogle
02 de enero de 2025, 20:12
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Días atrás comenzó a viralizarse por redes sociales cuáles serían los nuevos montos que tanto bancos como billeteres virtuales deberían informarle a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Sin embargo, la entidad aclaró este jueves que la información era falsa y detalló cuáles sí son los montos a partir del 1° de enero.

“La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes”, dice la página del organismo.

ARCA desmintió una fake news e informó sobre nuevo montos que deben comunicarse.
ARCA desmintió una fake news e informó sobre nuevo montos que deben comunicarse.

Este ajuste, señalan, “surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024″.

Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1° de enero de 2025.

ARCA destaca que esa modificación no afecta “en nada” a los consumidores. “Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas”, indicaron.

Cuáles son los nuevos montos qué deben informarse

Deben informarse las siguientes operaciones sólo si superan estos importes:

$ 600.000:

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$ 1.000.000:

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$ 2.000.000:

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

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