Anses: cuáles son los requisitos y cómo cobrar la Pensión por Fallecimiento de un trabajador

Este servicio otorga apoyo financiero a los familiares de un trabajador fallecido. Cómo realizar el trámite, quiénes pueden hacerlo y qué documentos se necesitan.

Anses: cuáles son los requisitos y cómo cobrar la Pensión por Fallecimiento de un trabajador
Cómo cobrar la Pensión por Fallecimiento de un trabajador.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) brinda prestaciones a los familiares de un trabajador después de su muerte. Este servicio se encuentra dentro del marco de la Pensión por Fallecimiento y para solicitarla se requiere seguir una serie de procedimientos.

La Pensión por Fallecimiento la pueden reclamar los familiares del trabajador fallecido.
La Pensión por Fallecimiento la pueden reclamar los familiares del trabajador fallecido. Foto: Diario UNO

Qué es la Pensión por Fallecimiento de un trabajador

Dicha pensión garantiza un acompañamiento económico al familiar de un trabajador fallecido. Es necesario que el difunto cumpla con los requerimientos enumerados a continuación:

  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Como aportante regular:
    • Haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Como aportante irregular:
    • Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
    • Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito como solicitante podés completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales.

A quién está dirigido la Pensión por Fallecimiento de un trabajador

Dicha pensión garantiza un acompañamiento económico al familiar de un trabajador fallecido. La pueden solicitar todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Cónyuge: con partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
  • Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.

Qué se necesita para solicitarla

  • El fallecimiento del trabajador debe estar acreditado en mi ANSES.
  • Si cumplís con los requisitos para solicitar la prestación:
    • Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
    • Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
    • Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.
  • Del trabajador fallecido:
    • En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
    • Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de AFIP. Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.

En el caso de que haya aportes que no estén registrados, se deberá reunir la documentación que compruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social y/o declaración jurada que acredite los servicios del trabajador fallecido.

Cómo realizar el trámite

El trámite es gratuito y es necesario seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.
  2. Reuní toda la documentación requerida, según corresponda, y solicitá un turno para tramitar la pensión en una oficina de ANSES.