La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece a sus beneficiarios la posibilidad de llevar a cabo trámites y gestiones desde sus hogares mediante la aplicación de Mi ANSES. De esta forma, se puede visualizar recibos de sueldo, programar turnos y seguir el estado de trámites, entre otras funciones.
Cómo consultar mi recibo de sueldo desde Mi ANSES
Para aquellos que quieran acceder a la aplicación van a necesitar el CUIL y la Clave de la Seguridad Social. De esta forma, los jubilados que quieran ver sus recibos de sueldo desde la aplicación, deberán seguir una serie de pasos:
- Ingresar a Mi ANSES.
- Completar número de CUIL y Clave de Seguridad Social.
- Ingresar a Jubilados y Pensionados.
- Seleccionar Consulta de recibos.
Cómo adquirir la Clave de Seguridad Social de Mi ANSES
Para crear tu propia Clave de Seguridad Social es necesario respetar el siguiente paso a paso:
- Ingresar a Mi ANSES y seleccionar la opción Crea tu clave.
- Aceptar las políticas de seguridad y, a continuación, ingresar tu número de CUIL.
- Escribir el número de trámite de tu DNI y responder correctamente las preguntas de seguridad sobre tus datos personales.
- Definir la clave de seguridad: debe tener entre 8 y 12 caracteres y al menos, un número.
Cómo leer el recibo de jubilación o pensión
En el recibo de sueldo van a figurar los siguientes conceptos:
- Prestación Básica Universal (PBU): tiene como finalidad brindar una prestación uniforme a quienes hayan alcanzado la edad y hayan efectuado aportes durante su actividad laboral.
- Prestación Compensatoria (PC): tiene como finalidad compensar los aportes efectuados hasta el 30/06/1994.
- Prestación Adicional por Permanencia (PAP): es un adicional que se otorga por los aportes que hayas tenido con posterioridad al 30/06/1994.
- Reparación Histórica: es el ajuste de la jubilación por aceptación voluntaria para actualizar sus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Complemento al haber mínimo: es la diferencia que se paga para llegar a la jubilación mínima establecida por ley.
- Asignación por hijo: monto mensual por hijo menor de 18 años o discapacitado sin límite de edad.
- Asignación por cónyuge: monto mensual por esposo/a o conviviente. La cobra uno solo de los integrantes del matrimonio.