El HCD de Iguazú define si el municipio subastará las motocicletas retenidas en operativos de transito

El proyecto fue presentado por los Concejales Juan José Raynoldi y Domingo

El HCD de Iguazú define si el municipio subastará las motocicletas retenidas en operativos de transito
El objetivo es descomprimir el espacio destinado para el resguardo.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Iguazú, tratara esta noche  en sesión  ordinaria un proyecto de ordenanza que permitirá la venta de las motocicletas que fueron retenidas en operativos de transito de la ciudad.

El proyecto que fue presentado por  los concejales Juan José Raynoldi y Domingo Martínez,  contempla la venta  directa por unidad o lotes como chatarra. Estarán incluidas aquellas motocicletas que se encuentran en el corralón municipal y que no fueron retiradas por sus propietarios por un lapso de 6 meses por lo que son consideradas como abandonadas.

La ordenanza contempla los diferentes pasos que se deben realizar en conjunto con la dirección del Automotor con el fin de eliminar cualquier inconveniente legal que pueda surgir. El objetivo del proyecto es lograra descomprimir el espacio destinado al resguardo de los vehículos.

La ordenanza establece:

Los vehículos y motos-vehículos retirados y/o secuestrados de la vía pública en procedimientos llevadas a cabo por el Municipio en el ejercicio del poder de policía, en cumplimiento de las normas vigentes, y no retirados de la custodia municipal, sea porque el conductor no se presentó a retirarla, y/o no acredito la titularidad o posesión legítima del bien y que se encuentren depositados por más de seis (6) meses bajo responsabilidad del Municipio, podrán ser declarados formalmente cosas abandonadas y serán vendidos por unidad o por lotes, como chatarras, mediante subasta pública Administrativa.

Previo a efectivizar la venta de dichos bienes, se deberá intimar por edictos durante tres (3) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación masiva de la Provincia, a todos los propietarios de vehículos y moto-vehículos que se encuadren en la presente, a que en el perentorio término de treinta (30) días corridos contando desde la última publicación, se presenten ante el Departamento Ejecutivo Municipal a fin de retirar los mismos, previa acreditación de su carácter y cumplimiento de los demás recaudos legales, bajo apercibimiento de subastarse y/o destruirse los mismos.

Previo al remate y para los bienes que tienen dominio, se solicitará al Registro Nacional de Propiedad Automotor un informe sobre las condiciones del dominio a efectos de salvaguardar los derechos de eventuales acreedores prendarios y/o embargantes, los cuales, de existir, deberán ser notificados a fin de que ejerzan sus respectivos derechos.

La subasta deberá ser publicada y realizada en el predio municipal  donde se encuentren depositados los moto-vehículos, por un Martillero Público Matriculado, contratado por el Municipio. El profesional designado efectuará la tasación del bien que servirá de base en la subasta inicial. En caso de que no se concrete la venta, se fijará nueva fecha de subasta, la que se llevará a cabo sin base inicial, vendiéndose al mejor oferente. En caso de continuar sin concreción la venta, por la presente se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta directa del bien.