Este martes 4 de mayo el intendente de Gualeguaychú, Dr. Esteban Martín Piaggio confirmó la puesta en marcha del programa “Acompañar 2021”, a través del que se otorgarán subsidios no reintegrables a aquellos comercios que debieron cerrar sus puertas entre el 3 y el 21 de mayo a raíz del decreto provincial 895.
“Con este programa queremos dar una ayuda a quienes atraviesan este mal momento debido a los alcances de la pandemia de COVID-19 que obliga a cerrar comercios para disminuir la circulación de personas” explica Piaggio, que agrega: “Desde el Estado Municipal trabajamos de manera incansable para que los y las gualeguaychuenses tengan buena calidad de vida, atravesando estos tiempos de la mejor manera posible”.
“Así como lanzamos esta nueva edición del programa Acompañar, desde la Municipalidad también llevamos adelante desde el primer día de la pandemia otro tipo de ayudas a los hogares que no cuentan con un ingreso fijo, para lo que diseñamos el programa “Alimentar con cuidados”, que alcanza a más de 3000 familias todos los meses” destacó Piaggio.
Este año el programa otorgará la suma de 30 mil pesos no reintegrables a aquellos que apliquen para su aprobación, y también se los podrá eximir del pago de tasa comercial y de TGI. El proyecto para eximir del pago de las tasas será enviado al Honorable Concejo Deliberante esta semana.
Procedimiento para solicitar ser parte del programa
El interesado deberá completar la Pre-solicitud de requerimiento, a través de la “Plataforma Digital Gualeactiva”, mediante el Formulario del Programa Acompañar 2021, completando los datos requeridos y adjuntando la documentación solicitada para la respectiva consideración y posterior aprobación. Solicitud disponible desde 05/05/2021.
La secretaría de Producción y Desarrollo Económico, procederá a canalizar los trámites administrativos de las solicitudes recibidas, y con sujeción del cumplimiento de los requisitos, habiéndose aprobado el otorgamiento, responderá al requirente por medio de la “Plataforma Digital Gualeactiva”, a fin de que se presente a la misma, para la firma correspondiente del Acuerdo de Pago y/o Formulario de solicitud de exención y remitirá las solicitudes aprobadas a la Secretaría de Hacienda y Política Económica.
Declaración jurada: La presentación del Formulario reviste carácter de declaración jurada y los datos consignados deberán ser correctos, veraces y sin omisiones, asumiendo la responsabilidad administrativa, civil y penal por las consecuencias derivadas de falsedades o errores en los mismos.