La Cámara Federal de Resistencia consideró un Genocidio la matanza de Rincón Bomba

Entre el 10 y el 30 de octubre de 1947, miles de indígenas, mujeres hombres y niños de la etnia pilagá fueron exterminados.

Los pocos aborígenes que sobrevivieron fueron confinados en verdaderos campos de concentración
Los pocos aborígenes que sobrevivieron fueron confinados en verdaderos campos de concentración

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia avaló la demanda de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilaga que considera como un crimen de lesa humanidad lo ocurrido el 10 de octubre de 1947 en la zona de La Bomba (Las Lomitas en Formosa) cuando la Gendarmería Nacional y la Fuerza Aerea exterminaron a miles de hombres, mujeres y niños de la etnia Pilagá.

En el mes de julio del año pasado, el juez federal subrogante de Formosa, Fernando Carbajal, sentenció que los hechos sucedidos en La Bomba configuraban un delito de lesa humanidad y determino medidas reparatorias, entre ellas que el estado nacional invierta en obras para las comunidades originarias.

Consideró también el otorgamiento de becas estudiantiles por diez años, fijar en el calendario escolar la fecha de la masacre y construir un monumento recordatorio con las víctimas del genocidio Con las firmas de las camaristas María Delfina Denogens y Rocío Alcalá, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la demanda promovida por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá que declaró como un crimen de lesa humanidad la masacre de miembros de las comunidades indígenas y también ordenó reparar patrimonial y no patrimonialmente a la comunidad.

La Cámara hace lugar también al planteo de la Federación de Comunidades Pilagá de considerar un "genocidio" el perpetrado contra esa etnia indígena. "(…) la pretensión de la comunidad Pilagá de que sea reconocido el genocidio sufrido por su pueblo resulta a todas luces legítima y procedente, por lo que corresponde en esta instancia formular la declaración pertinente en tal sentido, a fin de que bajo dicho título sea rememorada la fecha de la tragedia", sostiene la sentencia de Cámara.

Sin embargo, la Cámara Federal no hizo lugar al reclamo de indemnizaciones individuales para los familiares de las víctimas. En ese sentido, como consigna la página Chaco al Día, coincidieron con el juez Carbajal en que existen "circunstancias especiales que dificultan el otorgamiento de una reparación económica individual a cada miembro de la etnia, y la consecuente pertinencia de indemnizar al colectivo por ellos conformado" por lo que ratificó la reparación colectiva al Pueblo Pilagá.

El 10 de octubre de 1947 la Gendarmería Nacional, bajo el falso argumento de "malón", llegó hasta el lugar el 10 de octubre y fusiló con rifles y ametralladoras a los originarios. La represión duró más de 20 días. Los gendarmes persiguieron a los indígenas hasta monte adentro, los fusilaban y violaban a las mujeres. Hubo cientos de detenidos, que fueron trasladados como esclavos a las colonias de Bartolomé de las Casas y Francisco Muñiz, que funcionaron como campos de concentración. Gobernaba el país Juan Domingo Perón.