Las multas de tránsito en la República Argentina no tienen un carácter perpetuo. Tanto las infracciones como sus correspondientes sanciones económicas pierden vigencia una vez que transcurre un período determinado, aunque dicho vencimiento no opera de la misma manera en todo el territorio nacional.

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Para verificar el estado de las infracciones, el primer paso consiste en consultar si existen actas registradas a nombre del conductor o del dominio del vehículo. Esta consulta se realiza a través del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT), una plataforma que reúne la información de las distintas jurisdicciones del país

Plazos legales según la jurisdicción
La base legal a nivel federal surge del artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, la cual establece dos plazos posibles de prescripción: dos años para las faltas leves y cinco años para las infracciones consideradas graves.
A pesar de la existencia de esta norma nacional que fija los criterios generales, cada provincia tiene la potestad de definir la aplicación de estos plazos y los procedimientos exigidos para dar de baja una falta.
En la actualidad, las normativas varían según el distrito:
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: El plazo de prescripción actual es de cinco años para las infracciones.
- Provincia de Buenos Aires y Neuquén: Ambas jurisdicciones mantienen el esquema de la ley nacional, aplicando dos años para las contravenciones leves y cinco años para las graves.
- Córdoba: En esta provincia rige un período único de prescripción de tres años.
Excepciones y causales de interrupción
Es indispensable tener en cuenta que las sanciones no se extinguen automáticamente por el simple paso del tiempo. La Ley 26.363 determinó que la prescripción se interrumpe si existe un proceso administrativo o judicial en curso, o si el infractor comete una falta grave posterior
Esto significa que una infracción antigua puede recuperar su vigencia si se registra una nueva contravención de gravedad. En estos casos, el plazo legal vuelve a contarse desde cero a partir del último acto que interrumpió la prescripción.
Entre las conductas viales tipificadas como graves que generan esta interrupción se encuentran el cruzar un semáforo en rojo, circular sin cobertura de seguro, transitar sin la patente visible o negarse a ser identificado en un control de tránsito
Procedimiento para solicitar la baja
Frecuentemente se da la situación en la que una infracción ya vencida continúa registrada en el sistema como una deuda. Ante este escenario, el conductor afectado tiene el derecho formal de pedir su eliminación.
Una vez transcurrido el tiempo correspondiente a cada jurisdicción, se puede solicitar la baja ante el juzgado que intervino mediante una gestión presencial o de forma online, dependiendo del distrito.

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En la Ciudad de Buenos Aires, el trámite debe gestionarse ante la Dirección General de Administración de Infracciones, ya sea a través de los canales digitales habilitados o solicitando un turno previo.
Por su parte, en el territorio bonaerense la solicitud formal se presenta directamente en el juzgado correspondiente o en la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.
Si el conductor logra acreditar que el plazo legal ya se cumplió de manera íntegra y no existieron interrupciones, la falta debe ser eliminada del sistema definitivamente.
Por lo tanto, antes de efectuar un pago, lo más recomendable es revisar la situación puntual de la infracción y su jurisdicción.

