Los puntos clave de los beneficios a monotributistas publicados en el Boletín Oficial

La AFIP publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5411/2023 donde definió la prórroga del pago del componente impositivo de las categorías A, B, C y D.

Los puntos clave de los beneficios a monotributistas publicados en el Boletín Oficial
AFIP: prórroga del pago del componente impositivo para los monotributistas. Foto: Vía País.

La AFIP formalizó este lunes la prórroga del pago del componente impositivo para los monotributistas de las categorías A, B. C y D. Lo hizo a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 5411/2023.

Se prorrogaron las categorías A, B, C y D.
Se prorrogaron las categorías A, B, C y D.

La medida formó parte del paquete de anuncios que realizó el domingo 28 de agosto el ministro de Economía, Sergio Massa.

Los montos prorrogados son:

  • A, $496,85;
  • B, $957,27;
  • C, $1.636,83 (Servicios), $1.512,26 (Comercio);
  • D, $2.689,05 (Servicios) o $2.484,46 (comercio).

Las nuevas fechas de vencimiento previstas para el componente impositivo son: septiembre y octubre, el 20 marzo de 2024: noviembre y diciembre, el 20 abril de 2024: enero y febrero de 2024, el 20 mayo de 2024.

La medida alcanza a contribuyentes del Régimen Simplificado considerados puros, es decir, los que además de ser monotributistas no tienen un trabajo en relación de dependencia.

La prórroga solo aplica para el componente fiscal de los periodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como a enero y febrero de 2024.

Los pagos se pueden continuar realizando a través de diversas modalidades, como el Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida “QR,” débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y otras plataformas de pago electrónico.

En caso del monotributo unificado, el contribuyente deberá pagar Ingresos Brutos como lo viene haciendo actualmente.

Respecto a la devolución anual del componente impositivo por cancelar las cuotas por débito automático en tarjeta de crédito o en cuenta bancaria, se establece una excepción para el año 2023, permitiendo el acceso al beneficio, en caso de que los contribuyentes hayan abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales mediante esas modalidades de pago.

De esta forma se considerará para el cálculo proporcional del importe a reintegrar la cantidad de meses del año calendario en los que hayan abonado los conceptos mencionados precedentemente.

Los monotributistas podrán acceder a un crédito de hasta $4 millones.
Los monotributistas podrán acceder a un crédito de hasta $4 millones. Foto: Andrew Kelly

Por otra parte, los monotributistas podrán acceder a un crédito de hasta $4.000.000, dependiendo de la categoría, a pagar en hasta 24 cuotas a la mitad de la tasa bancaria y con garantía 100% del Estado, a través de las entidades bancarias.

Los bancos habilitados para solicitar el crédito son:

  • Banco Nación
  • Banco Ciudad de Buenos Aires
  • Banco Macro
  • Comafi (Córdoba, Corrientes, Formosa y Tierra del Fuego)

Requisitos

  • Destinado a trabajadores monotributistas.
  • Firmar declaración jurada, demostrando que el dinero solicitado será utilizado en inversiones que tengan relación con su actividad económica.
  • Presentar una situación crediticia 1 y 2, lo cual significa que no se encuentra dentro de un riesgo medio u alto en demoras de pagos (de acuerdo a la escala en la “Central de Deudores” del Banco Central).