Jubilado deberá pagar alimentos al ex, por su situación de vulnerabilidad

Ambos ya están divorciados, pero la Justicia ordenó el pago y sostener la obra social.

Tribunales de Familia de Córdoba.
Tribunales de Familia de Córdoba.

En un fallo muy particular en Córdoba,el Juzgado de Familia de 5° Nominación dispuso que un hombre, de 81 años, continúe abonando a su excónyuge, de 58, una cuota alimentaria y la obra social, dada la situación de vulnerabilidad en la que vive, con un problema de salud además.

//Mirá también: Fallo inédito en Córdoba: permiten que una pareja de varones anote un hijo gestado por una amiga

De acuerdo a lo informado este viernes por el Poder Judicial de la Provincia, la Justicia ordenó que el jubilado aporte un monto equivalente al 12 por ciento de sus ingresos jubilatorios a su ex, al tiempo que le ordenó que mantenga la cobertura de la obra social a favor de quien fuera su pareja y no tiene ingresos ni vivienda, sumado a una situación de salud comprometida.

Principio de solidaridad familiar

Para llegar a esta decisión, la jueza Mónica Parrello se basó “en los principios de solidaridad familiar y tutela judicial efectiva”, indicó la comunicación oficial.

La magistrada tuvo en cuenta la especial situación de vulnerabilidad de ambos excónyuges que viven con HIV, además de otras dolencias: “No puede desconocerse la realidad de que ambos se encuentran en un plano de vulnerabilidad, que debe ser debidamente resguardado, a fin de lograr una tutela efectiva de los derechos de ambos”, enfatizó.

En el centro de la historia, se estableció que durante los veinte años de convivencia, el médico era el proveedor de la familia mientras que el otro cónyuge se encargaba principalmente de las tareas del hogar: “Sin desarrollar actividades que le permitieran contar con un ingreso propio diferenciado”, opinó.