Denunciaron penalmente a Martín Gill por no llamar a elecciones en Villa María

La Coalición Cívica lo acusa de “abuso de autoridad” y “violación de los deberes de funcionario público”. Desde el municipio villamariense aclararon que no hay acefalía.

Denunciaron penalmente a Martín Gill por no llamar a elecciones en Villa María

Desde la Coalición Cívica Ari Córdoba, presentaron este martes, una denuncia penal contra el intendente de Villa María, Martín Gill, y contra el actual responsable del Ejecutivo villamariense, Pablo Rosso.

Cabe recordar que Gill pidió licencia para asumir como secretario de Obras Públicas de la Nación. El Concejo Deliberante le autorizó dos prórrogas y por esa razón, los opositores consideran que esto viola la Carta Orgánica municipal.

Según especificaron en un comunicado los acusan de “abuso de autoridad” y “violación de los deberes de funcionario público” tras considerar que debieron haber convocado a nuevas elecciones.

La denuncia lleva la firma de la diputada nacional Leonor Martínez Villada, la legisladora provincial Cecilia Irazuzta y el presidente del partido Coalición Cívica ARI, Gregorio Hernández Maqueda.

La licencia

“El 23 de junio de 2019, Martín Rodrigo Gill fue reelegido como intendente de la ciudad de Villa María para el período 2019-2023. A quince días de asumido el cargo, el 10 de diciembre del 2019, el Sr. Gill solicitó al Concejo Deliberante de su ciudad la aprobación de una licencia para asumir como Secretario de Obras Públicas de la Nación”, detallan.

Y aclaran que el Artículo 91 de la Carta Orgánica (C.O) de Villa María describe que es incompatible el desempeño de funciones en el Gobierno Municipal y Nacional en simultáneo.

Es por eso que se le concedieron a Gill dos prórrogas más (la última el 23 de diciembre de 2020), cuando la Carta Orgánica establece, claramente en su artículo 125, que el plazo máximo habilitado no debiera superar los 180 para la toma de licencia.

Ese mismo artículo sostiene que : “si el impedimento fuera permanente y faltara más de un año para concluir el mandato, el reemplazante deberá convocar a elecciones, en el término de treinta días, para elegir Intendente que complete el período”.

A entender de la Coalición Cívica al cumplirse esos 180 días, se incumplió el deber impuesto por la Carta Orgánica Municipal.

La respuesta del municipio

Sin embargo, el secretario de Gobierno de la Municipalidad de Villa María, Eduardo Rodríguez, en diálogo con La Voz sostuvo “no cabe la acefalía, en absoluto”.

Según el funcionario no corresponde aplicar el artículo de acefalía porque “no hay un impedimento” de Gill aunque sí una incompatibilidad, y por eso el funcionario pidió que los concejales le autoricen la licencia.

“La principal distinción se da en que la acefalía se provoca por un hecho involuntario que puede sufrir el intendente electo, puede ser la muerte, la incompatibilidad, una declaración de insanía, es un hecho que no depende de su voluntad la remediación que lo lleva a dejar acéfalo el poder. Distinta es la ausencia donde es un acto voluntario de quien pide la licencia para desempeñar otra función, porque desempeñar ambos cargos ahí sí habría incompatibilidad”, dijo Rodríguez.

Y aclaró: “Los concejales fueron quienes resolvieron renovarle la licencia a solicitud de Martín Gill. Lo que tendría que haber pasado si el Concejo no aprobaba esta renovación de licencia había dos caminos, o Gill volvía retomar la intendencia o Rosso como intendente interino debería haber convocado a elecciones, al renovarse la licencia esa disposición de la Carta Orgánica de la obligación de llamar a elecciones no entra en juego”.