El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba estableció ciertas pautas para que los y las alumnas de los centros educativos de su dependencia, siempre en el marco de la Resolución N° 368/20 aprobada por el Consejo Federal de Educación, pasen de año.
A través de la Resolución 343/20, la cartera educativa provincial destacó, entre otras cosas, que la política de evaluación educativa "no puede dejar de reconocer y ajustarse a las transformaciones acontecidas en el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje y a las condiciones en la que estos se desenvuelven en el formato de escuela remota".
Además, se añadió que "las condiciones en la que los aprendizajes han tenido lugar fueron heterogéneas y desiguales, por lo tanto, es indispensable considerarlos en relación con la situación individual de cada estudiante, así como con las prácticas de enseñanza que organizaron dichos aprendizajes".
Estas disposición alcanzan a la educación general obligatoria, en todos sus niveles y modalidades.
En cuanto a la promoción de nivel inicial, como es habitual, los niños que durante el 2020 se encuentren matriculados en la sala de 5 años "promocionarán de manera directa al primer grado del nivel primario, en los términos que establece la Resolución del CFE 174/12".
Respecto a los criterios de evaluación, acreditación y promoción que aseguren la mayor sistematicidad posible con el fin de sostener y acompañar las trayectorias educativas durante los ciclos 2020 y 2021, la resolución ministerial dictó que "la acreditación de aprendizajes correspondientes al ciclo escolar 2020 y al ciclo 2021 se realizará sobre la base de los contenidos curriculares priorizados, reorganizados y considerados como una unidad pedagógica".
A su vez, a los efectos de la promoción, y de manera excepcional, se establece que en cada grado/año escolar del ciclo lectivo 2020, se utilizará en el informe de progreso escolar la siguiente valoración:
Aprobó los contenidos curriculares priorizados de manera:
- Satisfactoria
- Muy Satisfactoria
- Escasamente satisfactoria
Se acompañará con la evaluación formativa con los aprendizajes logrados y pendientes Es decir que los estudiantes que pasan de grado (de 1 a 5 en la primaria), o de año (1 a 5 en la secundaria orientada, o de 1 a 6 año en la secundaria técnica), tendrán que dar cuenta de los conocimientos adquiridos a través de la evaluación formativa, mientras que aquellos que no fueron asimilados o incorporados, deberán ser nivelados con los contenidos que se dictarán el próximo ciclo lectivo.
Por su parte, los alumnos que durante el 2020 se encuentran matriculados en el último año de la educación primaria “deberán acreditar los aprendizajes previstos en la priorización y reorganización curricular para el presente ciclo en el marco de las Finalidades Formativas del Nivel, poniendo especial énfasis en las capacidades previstas para continuar su trayectoria educativa en el nivel secundario”.
Al respecto, la resolución detalla que “la acreditación final de los aprendizajes y la correspondiente certificación final en el mes de diciembre de 2020 o marzo del 2021, se realizará en función de los saberes logrados y sus evidencias expresadas en la evaluación formativa y en instancias de evaluación de resultados de los aprendizajes priorizados que se pondrán en marcha desde el próximo mes de octubre y hasta la finalización del año escolar, que puede extenderse hasta el mes de marzo de 2021, y que serán valoradas con la escala propia del nivel”.
Las y los estudiantes “deberán acreditar los aprendizajes y capacidades prevista en el Perfil del Egresado del Plan de Estudio correspondiente para acceder a la titulación”. Con dichos objetivos, “se pondrá en marcha el ‘Trayecto Curricular de Finalización del Nivel Secundario 2020”, que se extenderá desde octubre y hasta marzo o abril de 2021.
La resolución esclarece que “para los estudiantes que, al 30 de abril de 2021, no hubieran aprobado el cien por ciento del ‘Trayecto de Finalización del Nivel Secundario 2020’ se habilitarán tutorías e instancias de acreditación en las fechas de exámenes previstas regularmente en el calendario escolar”.
Esto significa que aquellos alumnos que se encuentren cursando el último grado o año de su nivel educativo, tanto de primaria o secundaria, deberán aprobar las instancias y modalidades evaluativas que se dispondrán a partir del mes de octubre y que serán calificados según la escala de valores ya definida para cada nivel, en relación a los saberes o conocimientos evidenciados en la evaluación formativa realizada previo al receso de invierno y en contexto de escuela remota.
Estas disposiciones fueron remitidas por la cartera educativa a todos los supervisores del sistema educativo provincial para que puedan iniciar y coordinar el trabajo con los equipos directivos de cada establecimiento de la provincia y sus respectivos docentes.