A partir del 3 de junio se podrá justificar la no emisión del voto

El plazo se extenderá hasta el 16 de agosto. Quienes no justifiquen su ausencia, podrán ser sancionados con multa. Cuáles son las excepciones.

A partir del 3 de junio se podrá justificar la no emisión del voto
16 de mayo de 2019, 10:34