Hasta 3 años de cárcel por votar más de una vez, o sufragar sin derecho

El Tribunal Electoral de Córdoba comunicó que sólo podrán agregarse al padrón las autoridades de mesa y los fiscales electorales. 

Sufragio.
Sufragio.

Por medio de la Resolución 44, el Tribunal Electoral de Córdoba hizo saber que en las próximas elecciones provinciales únicamente podrán ser incorporados al padrón de la mesa las Autoridades de Mesa de Votación (AMV) y los Fiscales Públicos Electorales (FiPE), siempre que estén cumpliendo funciones en un establecimiento en la misma localidad en la que tiene fijado su domicilio.

También podrán ser incorporados al registro de electores los Fiscales Partidarios de Mesas, uno por mesa y por el mismo partido al que pertenecen; esto siempre que figuren empadronados en el circuito (localidad) en que se desempeñan.

Asimismo, el Tribunal recordó que quien votare más de una vez en la misma elección o de cualquier manera emitiere su voto sin derecho, puede ser penado con prisión de uno a tres años, conforme lo establece el artículo 139, inciso "d" del Código Electoral Nacional.

El fallo completo, en este link.