Murió en su casa el condenado a perpetua por matar a su pareja en Santa Rosa

Ángel Custodio Quinteros gozaba del beneficio de prisión domiciliaria desde 2023 por una enfermedad grave.

Murió en su casa el condenado a perpetua por matar a su pareja en Santa Rosa
La muerte de Quinteros reabre el debate sobre las condenas por violencia de género en Catamarca (Web)
23 de septiembre de 2026, 08:53

Ángel Custodio "Tico" Quinteros murió en su vivienda de Las Tunas, Santa Rosa, mientras cumplía prisión domiciliaria. El hombre había sido condenado a perpetua por el homicidio de su pareja, Susana Villagra, ocurrido en marzo de 2019, y gozaba de ese beneficio que le había otorgado el Juzgado de Ejecución Penal desde 2023, por una enfermedad grave.

La condena llegó en febrero de 2020, de la mano de la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación, integrada por los jueces Marcelo Soria, Jorge Palacios y Patricia Olmi, quienes le impusieron la pena máxima por "homicidio calificado por mediar una relación de pareja". Los fundamentos, redactados por Olmi, describieron el ataque como "doloso y de una manera singular y escabrosa", aunque el tribunal excluyó el agravante de violencia de género que había impulsado la fiscalía.

Quinteros y Villagra habían convivido 28 años y tenían hijos en común. Durante la instrucción, el fiscal Mauricio Navarro Foressi imputó al acusado por "homicidio doblemente calificado por haber mediado una relación de pareja y violencia de género", al entender que el caso reunía elementos de un femicidio. Esa calificación no llegó intacta al debate: el fiscal de Cámara, Miguel Mauvecín, retiró el agravante de género tras escuchar a los testigos, y el tribunal terminó condenando por la figura residual.

Los jueces sostuvieron que la relación de pareja quedó probada, pero no así un patrón previo de maltrato físico o psicológico: "Los testigos no son elocuentes al brindar detalles de agresiones anteriores al hecho", señalaron en la sentencia, que agregó que buena parte de los testimonios reproducía relatos de terceros y no situaciones presenciadas de manera directa. La Cámara reconoció que la víctima era una mujer y que el accionar de Quinteros había sido doloso, pero concluyó que la violencia de género no estaba acreditada en los términos que exige la ley, que la define como toda conducta basada en una relación desigual de poder, de la cual el femicidio constituye su expresión más extrema.

La sentencia también recoge que Quinteros intentó quitarse la vida tras el ataque, colgándose de un árbol, aunque la soga se cortó. Para el tribunal, ese episodio no lo eximió de responsabilidad: lo interpretó, por el contrario, como una muestra de que el condenado tenía pleno dominio de sus actos y conciencia del delito cometido.

Con su muerte queda cerrado el expediente judicial, pero no el debate que el caso instaló en Catamarca sobre la respuesta del sistema penal frente a la violencia de género. La posibilidad de cumplir la condena en su domicilio por razones de salud le permitió a Quinteros morir contenido en su casa (beneficio que no tuvo Villagra): un desenlace que renueva los cuestionamientos sobre la efectividad de este tipo de condenas y sobre el acompañamiento real que reciben las víctimas.