El Registro de Proveedores Mineros se creó en el 2014 por resolución S.E.M N°498, con el fin de nuclear a las empresas de servicios y proveedores de bienes, en el marco de la normativa vigente que obliga a las mineras a contratar un 70% de empresas locales. El Registro depende de la Dirección Provincial de Promoción y Responsabilidad Social Minera del Ministerio de Minería. Su creación responde a las políticas de desarrollo e impulso del sector minero.
Las empresas catamarqueñas que deseen incorporarse a la actividad minera deberán registrarse como proveedores, generando así la articulación con las empresas de explotación minera. De esta manera y a través del sistema, las empresas contratantes podrán acceder a un listado de proveedores, agilizando el nexo entre comprador y vendedor.
El aumento exponencial de inscriptos al Registro es fruto del trabajo conjunto entre la Dirección Provincial de Promoción y Responsabilidad Social Minera con las Cámaras de Proveedores y de Servicios Mineros de la provincia. Los departamentos que mayor cantidad de inscripciones registraron son: Antofagasta de la Sierra, Belén, Tinogasta, Fiambalá, Santa María y Andalgalá. De 31 inscriptos en 2022, se llegó a la cifra de 112 en 2023. Esto significa un incremento del 261%, mostrando así el compromiso del sector empresarial para con el crecimiento de la actividad minera en la provincia.
Los rubros registrados son: transporte, catering, insumos, elementos de protección personal, construcción, entre otros.
El objetivo del Registro es la agilización de los procesos de contratación de proveedores, promover el incremento del capital humano de la Provincia, fomentar el trabajo genuino y posibilitar el desarrollo continuo del sector y la diversificación productiva. Los requisitos para la inscripción son, según consigna la Secretaría de Minería de Catamarca:
1) Domicilio legal en la Provincia de Catamarca con una antigüedad no inferior a dos (2) años y el asiento principal de sus negocios o de la actividad empresarial en la Provincia. Personas jurídicas: tener el 50 % de los socios o accionistas con domicilio real o social en la Provincia de Catamarca.
2) En caso de unión transitoria de empresas (UTE) deben estar conformadas al menos en un cincuenta por ciento (50%) con proveedores locales.
3) Habilitación municipal e inscripción en Rentas Provincial.
4) Al menos el 70% de los empleados profesionales, técnicos y administrativos oriundos o con residencia en la Provincia de Catamarca con una antigüedad no inferior dos (2) años.
5) Completar y presentar en carácter de Declaración Jurada ante la Dirección Provincial de Promoción y Responsabilidad Social Minera el formulario de inscripción en el Registro de Proveedores Locales.
6) Actualización semestral de los datos.
Documentación adicional requerida:
Logo de la empresa. Organigrama de la empresa. Constancia de inscripción en AFIP vigente. Cédula Fiscal vigente. Constancia de Inscripción municipal. Constancia de Inscripción en la Cámara de Proveedores correspondientes. Nómina de empleados y residencia en carácter de declaración jurada.
El Registro está bajo el arbitrio de la Dirección Provincial de Promoción y Responsabilidad Social Minera. La misma chequea que en las inscripciones estén completos los datos y documentación necesaria.