En el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) y con la firma del intendente Fernando Cotillo, la nueva Resolución sostiene que se deberán cumplir las normas básicas de bioseguridad contra el COVID-19.
El Comité Operativo de Emergencia (COE) de Caleta Olivia emitió la Resolución N°36 con la cual habilitó temporalmente el uso de las playas de la costanera local, ubicadas entre el Mulle y Prefectura Naval Argentina, para actividades recreativas y náuticas.
La norma regirá a partir del primero de enero y esta zona estará cubierta por guardavidas desde el mismo día. El Intendente estuvo acompañado por el subsecretario de Deportes, Gastón Rodríguez, Matías Granillo de Kosten y Roque Vitale del Club Náutico.
Al mismo tiempo, la norma establece la habilitación también temporal de los paradores y clubes náuticos ubicados entre el mulle y Prefectura Naval Argentina e incluye el Protocolo General Uso de Playas en el marco del cumplimiento del Cronograma Único de Circulación y mantiene la prohibición del uso de espacios recreativos tales como plazas, juegos infantiles, paseos costeros, parques y lagunas.
Horarios de apertura
El horario para el disfrute de las playas será conforme al cronograma de circulación en un horario de 8 a 14 sin cobertura de guardavidas y de 14 a 20 con cobertura de guardavidas.
Zonas de estacionamiento
Se prohíbe el ingreso de cualquier tipo de vehículos en la zona de playa, salvo los vehículos oficiales para la atención de la emergencia.
Deportes colectivos e individuales
No se permite la práctica de actividades deportivas o recreativas de tipo colectiva. Se autoriza la práctica de actividades deportivas o recreativas individuales. También, quedaran prohibidos los entrenamientos masivos de personas que no pertenecen a la misma burbuja social.
Actividades de concentración masiva
Las actividades de concentración masiva (tales como conciertos, carreras deportivas, triatlones, fiestas de playa, entre otros) no estarán permitidas, hasta tanto lo autorice el Municipio de Caleta Olivia.
Ventas ambulantes o servicios varios
Se prohíben las ventas ambulantes en las zonas de playa y ventas de comida, así como los servicios de contacto físico como elaboración de tatuajes temporales, masajes, entre otros. Estos servicios estarán habilitados solo si cuentan con la patente comercial y el permiso de funcionamiento.