Emergencia Comercial: AFIP acompaña la norma provincial

Afip resolvió la suspensión de ejecuciones fiscales a través de la Resolución General 4.275.

Emergencia Comercial: AFIP acompaña la norma provincial
16 de julio de 2018, 15:46

El Gobierno Provincial, por gestiones de Silvina Córdoba, de la Secretaría de Comercio e Industria, ante la AFIP en la que solicitaba la adhesión del ente recaudador tras la prórroga esa ley en Diputados.

La disposición permitirá suspender hasta el 31 de agosto las intimaciones y ejecuciones fiscales que pesaban sobre las pequeñas y medianas empresas de la provincia.

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En marzo, la Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó la prórroga de la Emergencia Comercial ante la necesidad de los comerciantes locales a causa de "la situación de crisis que continúa afectando al sector privado".

La Ley provincial N° 3.577plantea que la declaración podrá ser utilizada con el fin de gestionar los siguientes beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o entidad bancaria:

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a) Líneas de crédito a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades crediticias o financieras.

b) Exenciones y/o diferimientos de vencimientos en la presentación y pago de declaraciones juradas de tributos en el ámbito provincial y nacional.

c) Solicitar planes de facilidades de pago de impuestos y tasas municipales y provinciales. d) Cualquier otro trámite que requiera la presentación del certificado de Emergencia Comercial".