La Legislatura porteña aprobó la Ley de Parto Respetado y Atención Perinatal

La norma garantizará a las personas gestantes el respeto por sus pautas culturales, a la intimidad durante todo el proceso y a recibir toda la información necesaria para poder tomar decisiones autónomas.

Embarazo AFP PHOTO/Claudio Santana
Embarazo AFP PHOTO/Claudio Santana

La Legislatura porteña aprobó este jueves la Ley de Parto Respetado y Atención Perinatal para garantizar en todos los establecimientos de salud de la Ciudad de Buenos Aires los derechos de las personas gestantes y nacientes y de sus familias.

Esta ley “garantiza a las personas gestantes el respeto por sus pautas culturales, a la intimidad durante todo el proceso y a recibir toda la información necesaria para poder tomar decisiones autónomas”, indicó la diputada Inés Gorbea (UCR-Evolución), autora de una de las dos iniciativas que se tomaron en cuenta para elaborar la nueva norma. La otra iniciativa que se debatió en conjunto fue autoría de la diputada Victoria Montenegro, del Frente de Todos.

Parto respetado
Parto respetado

A través de la norma sancionada, la Ciudad adhiere a la Ley Nacional 25.929 de Parto Humanizado, aprobada en 2004 y reglamentada en 2015, y también elabora regulación propia. La Ley Nacional 25.929 incorporó la definición de “violencia obstétrica” como aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las personas gestantes, “expresada en un trato deshumanizado, abuso de medicación y patologización de los procesos naturales”.

”El embarazo y el parto no son enfermedades”, dice por su parte la ley porteña en sus fundamentos, y agrega que “debe garantizarse la soberanía de las personas gestantes sobre sus cuerpos para que puedan decidir cómo y con quien parir, transitando un parto no medicalizado”.

Además, define al parto respetado como aquel que “se vive y se protege como un proceso fisiológico y emocional saludable que no requiere necesariamente intervención médica, sino acompañamiento y sostén”. Y establece que en un parto respetado debe haber un “trato respetuoso, de modo individual y personalizado y no debe existir ningún tipo de discriminación a través de acciones u omisiones”.

Parto domiciliario
Parto domiciliario

Entre las representaciones más comunes de la violencia obstétrica, los fundamentos de la ley mencionan “los maltratos, utilización de lenguaje inapropiado, críticas por manifestar emociones, imposibilidad de plantear temores e inquietudes, personas gestantes obligadas a parir solas, inmovilizadas, separadas de sus hijos/as en el instante siguiente al nacimiento”.

Otras manifestaciones de esta violencia son las “cesáreas innecesarias y sin justificación médica, tactos realizados por más de una persona, episiotomías de rutina, uso de fórceps sin estricta necesidad o consentimiento, la realización de maniobras de Kristeller -a pesar del riesgo que conlleva-, raspajes de útero sin anestesia”.