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Vía BA Ciudad / Legislatura porteña

La Legislatura porteña aprobó la Ley que regula las aplicaciones de delivery

El proyecto obtuvo 37 votos a favor, 4 en contra, y 17 abstenciones.

La Legislatura porteña aprobó la Ley que regula las aplicaciones de delivery
autor avatarMaría Paz CignettiSeguinos enGoogle
16 de julio de 2020, 18:39
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La Legislatura porteña aprobó este jueves la Ley que regula las aplicaciones de delivery, que establece, entre otras cosas, que los repartidores deben estar habilitados y contar con seguros laborales, al tiempo que prohíbe el sistema de incentivo y castigo a los trabajadores.

"Los repartidores y mensajeros asumieron un rol esencial durante el aislamiento, permitiendo a muchas personas, incluso a aquellas que forman parte de los grupos de riesgo, acceder a los productos que necesitan sin salir de su casa", dijo durante la sesión, la diputada de Vamos Juntos (VJ) Cristina García de Aurteneche, autora del proyecto de Ley.

La nueva norma busca ordenar una modalidad de trabajo que adquirió centralidad con la cuarentena por la pandemia y que alcanza a los serviciospopularizados por plataformas digitales como Rappi, Glovo, PedidosYa y Uber Eats.

Según informó García de Aurteneche, el objetivo de la iniciativa es "mejorar la seguridad vial de los repartidores y sus medidas de protección", además de establecer "reglas claras de circulación".

Rappi Rosario
Rappi Rosario

El diputado Marcelo Guouman, de UCR-Evolución, quien acompañó el proyecto, afirmó que también se contempla "el proceso social que hay detrás de lo que se intenta regular", ya que "sin seguridad jurídica, las empresas no pueden crecer y los usuarios no pueden ejercer sus derechos".

En su articulado, la norma define "tres actores clave con responsabilidades, obligaciones y sanciones definidas: el prestador de servicio -empresa tradicional que comercializa un servicio-, los repartidores y mensajeros y las aplicaciones -como intermediarias del proceso-".

Imagen de la nota

Al definir a las aplicaciones como "intermediarias", la Ley recibió críticas desde la Asociación de Personal de Plataformas (APP), que sostuvo en un comunicado que "el proyecto aprobado habilita a las empresas de plataformas como intermediarias de oferta y demanda y las exime del cumplimiento de toda normativa laboral y tributaria".

Respecto a las plataformas y a los prestadores de servicio, el proyecto original incorporó algunas propuestas del bloque opositor del Frente de Todos (FdT), entre ellas obligar a las empresas a que garanticen a los trabajadores los elementos básicos para su seguridad vial y sanitaria y, también, la obligación de contratar, a su exclusivo cargo, seguro de vida, responsabilidad civil y de accidentes personales para los repartidores.

"Reconocemos la predisposición del bloque oficialista para modificar el proyecto original", dijo el diputado Santiago Roberto (FdT).

Sin embargo, agregó que "hoy las apps son el canal de venta más utilizado por los comercios, y los comerciantes pagan comisiones de hasta un 35% sobre cada venta, las que son estipuladas unilateralmente por las empresas de delivery. En vista de estos abusos es que proponemos un tope máximo del 15% (...) Si bien se han incorporado cambios, no acompañamos este proyecto porque aún no están garantizados en su plenitud los derechos de los trabajadores, los comerciantes y los usuarios".

Es que la norma, que implica modificaciones al código de tránsito y transporte porteño, está enfocada principalmente en la seguridad vial y elimina los sistemas de incentivos de las empresas, por considerar que "incitan a los repartidores a incumplir con las normas de tránsito".

RIDERS PEDIDOS YA
RIDERS PEDIDOS YA

En otro punto, la ley establece que el servicio de mensajería o reparto a domicilio "puede ser prestado por personas humanas o jurídicas siempre que cuenten con la correspondiente habilitación".

Para obtener dicha habilitación, los repartidores deberán estar inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), y acreditar "no poseer infracciones de tránsito".

La ley fue aprobada con 39 votos a favor, 4 en contra y 17 abstenciones, correspondiendo estas últimas al bloque del FdT.

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