Los empleados en relación de dependencia y los jubilados ya están habilitados para pedirle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la devolución del 35% de retención por la compra de dólar ahorro, pagos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera y contrataciones de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros.
Es que el organismo habilitó dentro del servicio Siradig Trabajador una nueva opción para que las personas que sean alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias pueden deducir todos estos gastos.
Para ello, se debe enviar toda la información correspondiente a su empleador al momento de completar el formulario 572, contemplado para las deducciones de este gravamen, para que la AFIP evalúe cada caso.
El contribuyente tiene que ir a la sección “Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta”, luego elegir la opción “Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020” y seleccionar los montos percibidos oportunamente.
En tanto, las operaciones realizadas en lo que va de 2021, recién se podrán computar en la liquidación anual o final.
En el caso de no estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias ni por el de Bienes Personales, se deberá tramitar este reintegro directamente con la AFIP. Para hacerlo, es necesario contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una “Clave Fiscal”. Además, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.