Con el objetivo de permitir una mayor oferta de productos, el Gobierno reglamentó este martes la Ley de Góndolas que posibilitará que las pequeñas y medianas empresas, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un trato equitativo en el espacio que ocupen en las góndolas de los supermercados.
El Decreto 991/2020 fue publicado este martes en el Boletín Oficial, donde dicta que la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la ley y determina un plazo máximo de 90 días para elaborar las resoluciones complementarias. De esta forma, Comercio Interior deberá elaborar un listado de los productos alcanzados por la ley.
La Secretaría de Comercio Interior dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o patrocinados para que estén claramente identificados y poder diferenciarlos de las góndolas con el fin de prevenir la confusión de los consumidores. También, podrá fijar un porcentaje máximo de ese tipo de exhibidores para evitar una sobre presentación de ciertos productos.
Una vez elaborado, el listado será publicado y actualizado en la web de la Secretaría de Comercio para que pueda ser consultado libremente.
Diversificar la oferta
La Ley de Góndolas fue sancionada por el Congreso el 28 de febrero pasado y establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor.
Además, exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios; y que las micro y pequeñas empresas (PyMES) cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos.
En este sentido, se especificó que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular podrán tener al menos un 5% de espacio.