Bienes Personales: la AFIP amplió lo motivos para solicitar la excepción del pago a cuenta

Las personas alcanzadas por el impuesto tienen tiempo hasta el 5 de abril de 2021 para solicitar el beneficio.

Sede de AFIP en la Ciudad de Buenos Aires. (Foto: Federico López Claro)
Sede de AFIP en la Ciudad de Buenos Aires. (Foto: Federico López Claro) Foto: Federico López Claro

La Administración Fiscal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió este jueves los motivos para que los contribuyentes pueden ser exceptuados del ingreso del pago a cuenta en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

A través de la Resolución General 4931/2021, publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció que se podrá acceder al beneficio cuando la suma del pago a cuenta y los anticipos ingresados sean superiores al impuesto determinado estimado para el período 2020.

Dichos cálculos deberán constar en papeles de trabajo que se conservarán en archivo a disposición de la administración tributaria.

Las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas por el impuesto sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 5 de abril de 2021 para solicitar la excepción de ingreso del pago a cuenta.

Para hacerlo, deben ingresar al sistema de cuentas tributarias, seleccionando la transacción informática “Eximición pago a cuenta”, e indicando el motivo de la solicitud.