Cepo cambiario: los beneficiarios del IFE ya no podrán comprar los 200 dólares mensuales

Detectaron "coleros digitales" que usaban cuentas ajenas para comprar moneda extranjera a cambio de una comisión.

07/09/2018 Entrada del Banco Central de la República Argentina SUDAMÉRICA ARGENTINA ECONOMIA TWITTER / MARIANAKBOOM
07/09/2018 Entrada del Banco Central de la República Argentina SUDAMÉRICA ARGENTINA ECONOMIA TWITTER / MARIANAKBOOM

El Gobierno dispuso un endurecimiento del cepo cambiario y decretó que los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) no podrán comprar los 200 dólares permitidos por mes. Abarca a 9,5 millones de personas.

Desde el Banco Central buscan evitar las operaciones de los "coleros digitales", que abren cuentas bancarias a otras personas para usar su cupo de US$200 cambio de una comisión.

Los beneficiarios de IFE no podrán comprar dólares (Bloomberg)
Los beneficiarios de IFE no podrán comprar dólares (Bloomberg)

"Como parte de los controles para evitar maniobras dolosas el directorio del BCRA aprobará que se bloquee el CUIL de los beneficiarios del IFE para acceder al mercado de cambios", dijeron fuentes oficiales a Clarín.

El Central ya había detectado que desde las cuentas beneficiarias del IFE se compraban dólares. Los $10.000 del subsidio alcanzan para adquirir US$100 a una cotización de $97 -dólar minorista más 30% del impuesto país- que luego pueden venderse en el mercado blue a $117 y obtener una ganancia de $2000.

El Central también argumentó que habían detectado la apertura de cuentas con DNI "robados", es decir que el titular no sabía que había una cuenta a su nombre. "En muchos casos se abrieron cuentas usando el DNI de una persona que no sabía de la maniobra", dijeron en el Central.

Algunos puntos clave de la medida

• Las entidades financieras y cambiarias deberán controlar las operaciones de cambio para garantizar su razonabilidad y que se trate de operadores genuinos.

• También pueden establecer restricciones comerciales al uso de los productos bancarios contratados, sin afectar los fondos de los clientes.

• Si detectan operaciones en fraude a la Ley Penal Cambiaria N° 19.359 deben denunciarlas al Banco Central y evitar nuevos hechos.

• El BCRA investigará las denuncias de operaciones marginales o de coleros virtuales y, una vez verificado el ilícito, dispondrá la apertura de las investigaciones, citará a los involucrados y dictará las medidas cautelares que le autoriza el artículo 17 de la Ley 19.359, que van desde la suspensión para operar en cambios, hasta la prohibición de salida del país.

• Los involucrados enfrentarán un proceso penal cambiario y podrían recibir multas de entre una y 10 veces el monto de la infracción cometida y, en casos de reincidencia, prisión de hasta ocho años.

• Los involucrados podrán pedir que se les levanta la pena si devuelven la moneda extranjera que compraron en forma irregular.