La ANMAT prohibió la venta de aceites, budines, especias y productos médicos

Lo hizo mediante seis disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

La ANMAT prohibió la venta de aceites, budines, especias y productos médicos
RECICLADO DE ACEITE VEGETAL

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la comercialización de aceites de nuez, de girasol, cacao orgánico, budines, mix de especias y productos médicos.

Mediante seis disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo informó irregularidades en estos productos.

El producto médico rotulado como "VIASYS Helthcare Medsystems – NON ESTERILE – PULMANEX PEEP-VALVE/ Positive End Expiratory Pressure Valve/Reducing Step Adapter – 22mm O.D. x 18.6 mm I.D. x 30.1 mm O.D" pasó a estar prohibido para su uso, comercialización y distribución, a través de la disposición 179/2020.

"No se observaron datos del titular responsable en Argentina, como así tampoco datos sobre el certificado de autorización ante la ANMAT", indica la disposición, que agrega: "No se hallaron antecedentes de inscripción del producto, ni inicio de trámite bajo tal denominación, agregando que el producto en cuestión no describe en su rótulo los datos de registro ante esta Administración, ni los datos del importador responsable en Argentina".

Por su parte, en la disposición 176/2020 prohíben la comercialización de los productos rotulados como: "Cacao Nibs Raw y Orgánicos', marca Prana, producto de Ecuador y 'Bayas de Goji Orgánicos', marca Prana, producto de China". ¿Los motivos? Es que "no cumplen con la normativa vigente por no consignar identificación del titular (razón social; número de RNE; dirección), denominación, identificación del lote, número del Registro Nacional de Producto Alimenticio y además figuraban leyendas y logos no autorizadas por la normativa".

Además, la disposición 177/2020 establece la prohibición de la comercialización de los productos "Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas" y "Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas", ambos marca: VITA NUSS, elaborado por Nogales S.R.L., en Av. Alem 2350, La Rioja, R.N.E. N° 12000768, como así todo otro producto bajo el mencionado R.N.E., debido a "utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal, resultando ser un alimento falsamente rotulado, y ser en consecuencia ilegales".

Por su parte, la disposición 178/2020 prohíbe la comercialización de los siguientes productos: "Budín sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate" (nombre de fantasía: Budín Delicias, marca: Nevares), "Mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería", marca Para Ti, "Galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo", marca: Aires de Luján, y "Galletitas dulces con membrillo", marca: Aires de Lujan (nombre de fantasía: Pepas con membrillo).

Por último, en la disposición 180/2020 prohíbe la comercialización del "Aceite 100% girasol, marca: El Sol, Producto Para Gastronomía, Elaborado por RNE 04000323, RNPA 04-0003272, Prov. de La Rioja".

Mientras que la disposición 182/2020 establece la prohibición del producto "Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi, Elaborado por Artesanos Gourmet, con logo facultativo Sin TACC" para su comercialización por "carecer de autorización de establecimiento para elaborar alimentos libre de gluten, y por utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente rotulado, en consecuencia ilegales".