La AFIP extendió el alcance del Plan de Pagos Amplio de 120 cuotas mensuales, a asociaciones, fundaciones, cooperadoras y entidades religiosas, entre otras entidades, que inicialmente no estaban alcanzadas por estas facilidades. La medida fue implementada este miércoles, a través de la Resolución General N°4580 publicada en el Boletín Oficial.
De esta manera las entidades podrán ingresar en el Plan de Pagos Amplio para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual. La adhesión a los planes es hasta el 31 de octubre de este año, informó AFIP. El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo y, para este universo de contribuyentes, se contempla un plazo máximo de hasta diez años sin ningún pago a cuenta.
Además se prevé la suspensión hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares. Las personas jurídicas que ingresen al plan de pagos también podrán disponer libremente de las sumas embargadas, detalló la AFIP.
Además añadió que la normativa oficializa estos beneficios para quienes sean categorizados como "Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Tramo I y II". Para saber si cumplen esta condición, los contribuyentes deberán ingresar con su Clave Fiscal al "Sistema Registral", opción "Consultas" y, dentro de ese menú, "Datos Registrales", en la página web del organismo.