El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó los cuadros tarifarios del suministro para las entidades de bien público. La resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, aprueba los cuadros tarifarios para las licenciatarias del servicio de distribución de gas por redes que se ofrece a estas entidades.
El Régimen Tarifario Específico define un tratamiento particular a aplicar a las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, en relación con el precio que las mismas pagan por los servicios públicos. Quedan excluidas las organizaciones sociales que tengan su sede principal en el extranjero, así como las formas jurídicas previstas por la ley 19.550 y toda forma jurídica existente o a crearse con fines de lucro. No se incluye a las empresas, explotaciones comerciales, industrias y todo otro usuario que no sea compatible ni asimilable a la naturaleza o carácter de estas organizaciones sin fines de lucro.
Tampoco alcanza a las actividades con fines de lucro que se originen en el seno de asociaciones civiles o fundaciones; y quedan excluidas las asociaciones, fundaciones o entidades creadas por sociedades comerciales, bancarias o personas jurídicas que realicen actividades lucrativas, aun cuando tengan por objeto acciones de interés social.
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