Rigen las nuevas restricciones para los “dólares financieros”

La Comisión Nacional de Valores difundió las medidas. Se publicaron este miércoles en el Boletín Oficial.

Dólar.
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La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció este martes una serie de medidas relativas a la concertación de operaciones con valores negociables, con liquidación en dólares estadounidenses, tanto en jurisdicción local como extranjera.

La resolución, aclararon, “se dicta en coordinación con el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía de la Nación”, para “contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual”.

Cotización del Dólar.
Cotización del Dólar. Foto: Pedro Castillo

Una por una, las medidas dispuestas por la CNV

1. Se establece un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable.

2. Solo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si:

a. En los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT.

b. Existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en el punto a. partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 30 días corridos subsiguientes.

3. Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera.