Desde diciembre de 2015 cuando se comenzaron a aplicar las sanciones que advierte el Código de Convivencia en la Ciudad de Mendoza, se multaron a 87 personas.
En el 2016 la cifra escaló a 2.328 y en el 2017, disminuyó, se realizaron 1.447 infracciones. Los días jueves y viernes se registra la mayor incidencia.
Los que son encontrados in fraganti negociando con una prostituta, una vez que se les advirtió que estaban incumpliendo las normas y persisten con la actividad, tienen que pagar una multa de 2.000 unidades tributarias, que equivalen hoy a $4.600.
El infractor tiene 5 días para presentar un recurso de amparo o abonar la pena que tiene un 30% de descuento durante ese término. Caso contrario, es notificado en su domicilio. La mayoría de los hombres, desembolsan el dinero en el acto.
Los artículos 41 y 42 del Código de Convivencia
Artículo 41: Normas de Conducta.
Se prohíben el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público de la Ciudad de Mendoza, en todo su radio municipal y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de dicho espacio público.
Artículo 42: Régimen de Sanciones.
La autoridad municipal se limitará inicialmente a recordar a las personas que incumplieran este precepto, que dichas prácticas están prohibidas por la normativa vigente. Si estas personas persistieran en su actividad, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador y a toda aquella actuación que legalmente corresponda derivada de la identificación de dichas personas.
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