Mientras se acumulan 1.400 nuevos varados por día y crece la tensión por las medidas de restricción a los vuelos internacionales impuesta por el Gobierno, un abogado penalista presentó un hábeas corpus en la Justicia Federal de La Plata para que su mujer y su hija puedan regresar al país desde Miami.
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La decisión del Gobierno fue recortar de 2000 a 600 a pasajeros diarios que ingresan por día en vuelos internacionales, para impedir que las nuevas variantes de coronavirus tengan circulación comunitaria.
“Después de unos días de vacaciones y de felicidad, a mi hija, mi esposa, y a toda la familia nos llenan de incertidumbre y amargura, por medidas irracionales e impensadas“, expresó el abogado José Luis España, en un mensaje publicado el pasado lunes en su cuenta de Facebook.
El hombre se refiere a su esposa Ariana España Cotrone y su hija Patricia, quienes viajaron a Estados Unidos el pasado 8 de junio. No obstante, por las medidas de restricción como muchos otros pasajeros quedaron varadas sin poder regresar al país.
Según denunció España se encuentra “restringida la libertad ambulatoria y de tránsito” por lo que pidió a la Justicia “que se pronuncie expresamente acerca de la constitucionalidad de las normas en cuestión, disposición por el Poder Ejecutivo Nacional”.
“La fecha de regreso programada por la aerolínea Boliviana de aviación contratada era el 2 de julio próximo, vuelo que fue cancelado por las restricciones que denunciamos y que aún no ha sido reprogramado , careciendo de fecha cierta de regreso”, precisó el abogado en el hábeas corpus, según informó el medio platense El Día .
Y criticó que la situación “fue de manera intempestiva, arbitraria e irrazonable , privando a mi esposa e hija ya los argentinos que tenían programado regresar al país, de todos hacerlo en tiempo y forma que estos lo estaban decididos y previstos”.
España alegó: “Conforme al artículo 43 de la Constitución Nacional , toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particular, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva”.
Asimismo indicó que “la Administración debe resguardad la salud pública, pero ello no implica que constituya un pretexto para vulnerar los derechos ciudadanos, ya que ha existido tiempo más que suficiente para que la Administración arbitre los medios necesarios para que puedan regresar al país ya sus hogares, los ciudadanos que se encuentran en el extranjero, bajo las condiciones y metodología que el mismo Gobierno ha establecido el momento de la partida de esos ciudadanos hacia el exterior”.
El hombre sostuvo que “no se explica en la normativa denunciada por qué 600 personas que ingresaron al país representan un menor riesgo de ingreso de la Cepa Delta -tan temida- que los 2000 que estaban autorizados hasta el momento”.
En este marco, criticó al Gobierno por “afirmar que la gente no hace el aislamiento obligatorio, y con esos argumentos pretende justificar la medida , es decir que, utilizan su propia incapacidad de control para castigar a los ciudadanos y justificar medidas intempestivas, arbitrarias pero sobre todas las cosas irracionales e irrazonables“.
“La Administración debió organizar el ingreso de los ciudadanos de modo de no afectar las garantías constitucionales incurriendo en medidas desproporcionadas que implican privar a las personas de derechos fundamentales y exponiéndolas a situaciones límite, lejos de sus domicilios y en muchos casos sin recursos para sostener su alojamiento y sustentos por tiempo indeterminado e incierto “, agregó.
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En la presentación judicial se indicó que, en caso de no prosperar este planteo en primera instancia, se hará “el planteo de inconstitucionalidad y del caso federal, conforme habilitan la CN y la Ley 48, al estar en juego derechos constitucionales como los de la libertad ambulatoria y de tránsito, y otros de igual jerarquía, incluido el derecho de acceso a la justicia (pacto de San José de Costa Rica, Arts. 8 y 25).
“Asimismo, por incluirse en esta acción derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, hago expresa reserva de recurrir por ante el sistema interamericano de protección de Derecho Humanos“, concluyó.
Por el momento las fronteras siguen cerradas para el turismo y continúan suspendidos los vuelos que tienen como origen o destino el Reino Unido, Turquía, países de África, Brasil, Chile e India.