El Gobierno autorizó una suba del 3,5% en las cuotas de las prepagas desde marzo

Se publicó mediante una Resolución en el Boletín Oficial. El último incremento había sido de 10% en diciembre. Las empresas de medicina privada deben notificar a sus afiliados con al menos 30 días de anticipación.

Aumento de la medicina prepaga
Aumento de la medicina prepaga Foto: Freepik

Finalmente, este sábado 30 se publicó en el Boletín Oficial la norma que oficializa el aumento a la medicina prepaga en la Argentina. A fines del año pasado, una controversia había rodeado el asunto: mientras que el 30 de diciembre se había autorizado el último incremento del año que establecía una suba del 7% a partir de febrero -sorpresivamente- dos días después el presidente Alberto Fernández dio marcha atrás dejando sin efecto la resolución que ya había autorizado el Ministerio de Salud.

Esta vez, a través de la Resolución N° 531/21 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio que comanda Ginés González García autorizó una suba del 3,5% desde el 1° de marzo en las cuotas de los afiliados de la medicina prepaga. A su vez, la norma establece que las prepagas deberán aumentar también en un 3,5% los valores que abonan a médicos, profesionales y clínicas por las prestaciones que brindan a sus afiliados y familias.

El aumento anterior del 10%, convalidado en noviembre pasado, se aplicó en diciembre. Según la Resolución original debió haber sido del 15% a partir de esa fecha y del 10% a partir de febrero 2021. Pero tras la anulación del Presidente se autorizó sólo un 10% desde diciembre.

Finalmente, se aprobó un aumento de la medicina a partir de marzo. Será del 3.5%
Finalmente, se aprobó un aumento de la medicina a partir de marzo. Será del 3.5%

Asistencia a prepagas

Más allá de las idas y vueltas, el Gobierno asistió a las prepagas y al Sector de Salud con varias medidas. Por eso, en los fundamentos de la Resolución del Ministerio de Salud se explicita que se autoriza a incrementar el valor de las cuotas por el aumento de los costos del sector “sin perjuicio de la asistencia financiera excepcional otorgada a los Agentes del Seguro de Salud y los aumentos de valor de cuota autorizados a las Entidades de Medicina Prepaga”.

Estos beneficios se refieren a la eximición otorgada al sector de Salud hasta el 31 de marzo del pago de las contribuciones patronales a la Seguridad Social y la inclusión en el programa REPRO II de Salud mediante el que se otorga – previo cumplimiento de los requisitos y condiciones del programa- una suma mensual de hasta $9.000 a los trabajadores de las empresas adheridas al programa. También se extendió por 90 días la reducción de las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios.

Todos los incrementos autorizados por el Gobierno deben ser notificados por cada prepaga a sus afiliados con al menos 30 días de anticipación en relación al vencimiento de los pagos.