Este lunes Mauricio Macri puso en marcha la extinción de dominio para decomisar más de $23.000 millones.
¿Qué es la extinción de dominio?
Significa que un corrupto deja de ser el dueño de bienes que le ha robado al Estado. La normativa penal vigente ya le permite al Estado embargar, secuestrar y decomisar bienes mal habidos pero los corruptos siguen siendo sus dueños, y el Estado no puede hacer nada con ellos. Mientras tanto, se van acumulando en depósitos. Con la extinción de dominio esos bienes pasan a ser directamente propiedad del Estado.
¿Por qué Macri dicta un DNU en vez de que el Congreso sancione una ley?
Porque diputados y senadores no se pusieron de acuerdo sobre el contenido de la ley. En 2016, tras el escándalo de las valijas de José López, la Cámara Baja le dio media sanción a un proyecto de extinción de dominio por amplio margen de votos: 135 de Cambiemos, el massismo y el PJ, contra 50 negativos, del Frente para la Victoria y la izquierda. Pero el Senado durmió la iniciativa durante todo 2017, por considerar que el texto era malo e inconstitucional. Como al culminar 2018 perdería estado parlamentario, había empezado a crecer la presión sobre los senadores para que la trataran. Esto se produjo finalmente en agosto pasado, cuando se aprobó un proyecto impulsado por el PJ, totalmente diferente al de Diputados. La Cámara Baja podría haber convalidado los cambios del Senado o haber insistido en su media sanción. Pero no hicieron nada. Por eso no hay ley.
¿Qué diferencias hay entre el proyecto de Diputados y el del Senado?
Según el proyecto de Diputados, simplemente con una imputación cualquier fiscal puede pedirle a un juez civil que dicte la extinción de dominio, que puede resolverse sin que haya sentencia penal, es decir con la sola sospecha de que una persona le robó al Estado mediante distintas maniobras. En cambio, el proyecto del PJ aprobado por el Senado establece como condición para habilitar la extinción de dominio que haya una condena penal confirmada al menos en segunda instancia.
¿Qué dirá el DNU de Macri?
El decreto estará en sintonía con la media sanción de Diputados, a juzgar por lo que declararon ayer los ministros de Justicia, Germán Garavano, y de Seguridad, Patricia Bullrich. Es decir que la extinción de dominio será una acción exclusiva del fuero civil, separada del proceso penal. El argumento oficial es que el Estado debe recuperar rápidamente los bienes robados por los corruptos y no esperar las sentencias, que demoran años.
¿Qué críticas le hace la oposición?
Sostienen que la habilitación de la extinción de dominio, tal como fue anunciada, le costará al Estado miles de millones de pesos en indemnizaciones de personas que presenten planteos de inconstitucionalidad. El ministro Garavano, en cambio, dijo ayer que "hay amplias garantías para aquellas personas que tengan bienes de buena fe" y que este DNU "solo se aplica sobre bienes que son posteriores a los hechos delictivos investigados, y esto prevé un proceso civil en el que se va a discutir con amplitud si una persona es legítimamente propietaria de un bien o no".
¿El DNU requiere aprobación del Congreso?
No. Según la ley, una vez dictado y publicado en el Boletín Oficial, el DNU presidencial ya tiene plena vigencia, salvo que sea rechazado por ambas cámaras del Congreso, cada una en sesión. Previamente, la comisión bicameral de Trámite Legislativo debe pronunciarse, no sobre el contenido sino sobre la validez del DNU. Pero el dictamen de esta comisión no es vinculante. En otras palabras, importan únicamente los votos en los recintos de ambos cuerpos. El trámite de DNU está diseñado para que cuando un presidente dicte un decreto sea prácticamente imposible que el Congreso lo rechace. De hecho, no hay antecedentes sobre un DNU que haya perdido vigencia por haber sido rechazado por el Parlamento.