Se aprobó el aumento de luz y la factura mensual de Epec

Regirá desde diciembre el primer tramo de suba: un 14%. La factura mensual, desde marzo.

Se publicó en el Boletín Oficial el aumento de la energía eléctrica por un 29,4 por ciento promedio a abril de 2017, la implementación de un nuevo régimen de tarifa solidaria y el cambio de facturación bimestral por mensual.

El primer tramo de aumento rige con los actuales consumos de diciembre que tendrán un incremento de 14 por ciento. Luego, en febrero, subirá un 7 por ciento más y en abril se completará con 6,15 adicional.

Según alertó el vocal opositor Facundo Cortes Olmedo, estos valores son mayores para el grueso de los usuarios residenciales: en torno al 32 por ciento, para abril.

El Ente Regulador de Servicios Públicos, por otra parte, rechazó el pedido de la Empresa Provincial de Energía (Epec) de hacer ajustes trimestrales en función de los aumentos de sus costos. Y al igual que para el mecanismo de pass trough (el traslado de mayores costos de la energía mayorista a la factura) exigió a Epec que presente su solicitud al Ersep, que la analizará y tramitará sin obviar la audiencia pública.

En cuanto a la tarifa solidaria, el Ersep avaló el cambio de modalidad para extender el beneficio de 88 mil usuarios a 230 mil.

Fuertes críticas La aprobación del aumento salió con los votos oficialistas de Mario Blanco (presidente), Alicia Narducci y Luis Antonio Sánchez. Votaron en contra Cortes Olmedo, la vocal por el juecismo, María Alejandra Leiva; y el representante de usuarios y consumidores, Walter Scavino.

Cortes Olmedo partió por impugnar la manera en que se concibió la audiencia pública y la ausencia de argumentaciones sólidas de la empresa estatal. "Los funcionarios de la Epec, lejos de aclarar y fundar técnica, económica y legalmente la petición de reajuste, se ocuparon de publicitar los supuestos logros de su gestión con spots, videos y frases de marketing", criticó.

Leiva cuestionó todo, incluso la facturación mensual: "Se quiere hacer creer que la lectura mensual por parte del usuario redundará en un beneficio cuando en realidad sea mensual o bimestral, el usuario deberá indefectiblemente pagar este aumento exhorbitante por un servicio precario y defectuoso".

Scavino, a su vez, remarcó: "La necesidad de mejorar ingresos no sólo es de la distribuidora, sino también de sus usuarios. Según las variadas leyes regulatorias de servicios públicos, las tarifas deben ser justas y razonables y deben ser prestados los servicios con criterios de accesibilidad, en calidad y cantidad suficiente para una vida digna, en el caso de los residenciales, y que posibiliten el desarrollo, en los usuarios comerciales e industriales".