Quiso salvar al esposo, lo condenaron igual

Recibió una pena de 14 años por intento de femicidio. La mujer dijo en el juicio que ella se prendió fuego sola, pero no le creyeron.

El hombre quemó la casa. Estaban su esposa y los dos hijos de la pareja.
El hombre quemó la casa. Estaban su esposa y los dos hijos de la pareja.

La Cámara en lo Criminal de Villa María condenó este miércoles a 14 años de prisión por el delito de homicidio triplemente calificado, en grado de tentativa, a Cristian Marcelo Aguilar, quien le prendió fuego a su concubina, causándole quemaduras en el 50 por ciento de la superficie corporal.

Esto, pese a que la mujer (J. G. B., sus iniciales) se retractó de la acusación formulada contra su pareja y declaró que ella misma había iniciado el fuego.

El tribunal –integrado por los camaristas René Gandarillas, Osvaldo Mario Samuel y Marcelo Salomón y ocho jurados populares- calificó de “torpe” al intento de desincriminar al imputado mediante una “retractación”.

De hecho, en el fallo, el tribunal consideró que el hecho de desdecirse “constituye una inequívoca manifestación de la violencia física, económica, sexual y psicológica que el hombre ejercía sobre la víctima desde que iniciaron la convivencia”, precisó la Justicia de Córdoba.

Si bien la mujer negó en su segunda declaración testimonial la acusación que había formulado en la primera, la Cámara en lo Criminal de Villa María tuvo en cuenta las manifestaciones de otros testigos que corroboraron la conducta atribuida al imputado.

La sentencia asegura que las carencias afectivas y los déficits estructurales de la personalidad de la mujer “favorecieron su dependencia y subordinación” hacia el acusado.

El tribunal recordó, incluso, que poco después del hecho la víctima había formulado declaraciones periodísticas al diario Puntal de Villa María, en las cuales aseguraba que su concubino le había prendido fuego.

Estas aseveraciones, además, había sido reforzadas por los progenitores de la víctima en declaraciones a un canal de televisión local.

En su voto, el vocal Gandarillas –que ejerció la presidencia del Tribunal- sostuvo que la conducta del imputado debía encuadrarse en la figura del homicidio triplemente calificado por el vínculo, por ensañamiento y mediando violencia de género, en grado de tentativa.

En la sentencia, el magistrado explico que la víctima convivió con el acusado 13 años y que tuvo dos hijos con él.

También señaló que el victimario utilizó un medio como el fuego que es “esencialmente cruel” y “apto para causarle sufrimientos innecesarios”.