Carlos Paz: prohíben la exhibición de mascotas en tiendas

La iniciativa había sido aprobada por el Concejo de Representantes. A partir de ahora, las veterinarias o locales que comercialicen animales deberán cumplir con varias condiciones. Queremos garantizar la calidad de vida de todas las especies, aseguró la autora del proyecto

Exhibición de mascotas
Exhibición de mascotas

La ordenanza que regula las condiciones de estadía de animales en los lugares destinados a su exhibición y venta en la ciudad de Carlos Paz fue promulgada en la jornada de este viernes.

La iniciativa, que había sido aprobada por unanimidad en la última sesión del año por el Concejo de Representantes, fue elaborada por la edil Carla Livelli (Carlos Paz Unido).

"En nuestra ciudad existen comercios que mercantilizan animales y mascotas en lugares reducidos, con escasa ventilación y exponiendo a los animales a temperaturas extremas sin el necesario cuidado y alimentación", argumentó Livelli. Y, acto seguido, agregó: "Es menester de este cuerpo legislativo brindar herramientas normativas que permitan garantizar la calidad de vida de todas las especies protegiéndolas de los abusos y destrato a los que pueden estar sometidas".

La propuesta fue elaborada durante varios meses. En ese lapso de tiempo, se recogió la opinión de distintos profesionales de la ciudad.

REGULACIÓN. En su articulado, la Ordenanza impone las condiciones que deberán tener los locales donde se comercialicen animales. De acuerdo a la nueva norma, estos lugares deberán "disponer de personal suficiente y cualificado para su manejo, de acuerdo a lo que se determine reglamentariamente, que proporcione a los animales alojados en ellos todos los cuidados necesarios desde el punto de vista higiénico sanitario y de bienestar animal, incluyendo una alimentación adecuada, protección frente a las inclemencias climatológicas, ejercicio, y en general la atención necesaria de acuerdo a sus necesidades, incluso durante las horas en las que el centro permanezca cerrado".

También establece que deberán "contar con un espacio apropiado para mantener a animales enfermos o que requieren cuidados o condiciones de mantenimiento especiales; contar con un libro de registro en formato papel o en formato electrónico, en el que consten al menos datos suficientes para la trazabilidad de los animales, su origen, su destino, las incidencias sanitarias y las causas de las bajas, en su caso".