Una obra social deberá reincorporar a un paciente hipoacúsico luego de 4 años

La entidad lo había desafiliado "por error" porque creían que tenía "otra obra social".

Hipoacusia
Hipoacusia

La Justicia porteña ordenó hoy a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (OSBA) reincorporar a un chico que padece "hipoacusia bilateral profunda" luego de que en 2013 la entidad lo desafiliara "erróneamente" alegando que el joven "tenía otra cobertura de salud".

"Resulta sorprendente la liviandad rayana en la negligencia con la que se confunde un programa de apoyo como el Programa Federal Incluir Salud (exProfe) con una obra social, particularmente considerando que lo que estaba en juego era la decisión de desafiliar a una persona discapacitada y, consecuentemente, dejarlo sin cobertura médica", aseguró en el fallo la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 21, María Soledad Larrea. quien hizo lugar al amparo presentado por la familia.

Fue en 2014 cuando se les informó desde la OSBA que el chico, de apellido Martino, contaba con "una obra social propia (Profe)", por lo que fue dado de baja "pues la situación resultaba incompatible según la reglamentación vigente", precisó el fallo citado en el sitio iJudicial.

"Atados a un rigorismo inexplicable e infundado, las autoridades de la OSBA mantuvieron durante casi cuatro años a una persona discapacitada sin cobertura social", destacó Larrea, quien agregó que el Profe informó que el joven "no está en el padrón de afiliados" y que "el problema no radicaba en la inexistencia de una previsión legal específica para el caso, sino en el mero desconocimiento por parte de las autoridades de OSBA de la normativa elemental básica en materia de salud y obras sociales".

El Programa Federal Incluir Salud es un Sistema de Aseguramiento Público que garantiza el acceso a madres de siete o más hijos, personas con discapacidad y adultos mayores de 70 años titulares de Pensiones No Contributivas (PNC).