Etiquetado Frontal: las claves del proyecto que se aprobó en Diputados y es ley

Tras una sesión maratónica, se aprobó con 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones.

Exceso. Los alimentos deberán llevar rótulos frontales cuando tengan exceso de grasa, sodio, azúcares o calorías. (Ministerio de Salud de Uruguay)
Exceso. Los alimentos deberán llevar rótulos frontales cuando tengan exceso de grasa, sodio, azúcares o calorías. (Ministerio de Salud de Uruguay)

Tras la fallida sesión del 5 de octubre pasado, este martes la Cámara de Diputados finalmente trató el proyecto de ley de Etiquetado frontal y el mismo fue aprobado por 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones.

///Mirá también: Diputados: se aprobó la ley de Etiquetado frontal

En consecuencia, de ahora en más los alimentos con exceso de azúcares, sodio y grasas deberán llevar en sus envases un sello de advertencia -octógono negro- para prevenir efectos negativos en la salud. El proyecto de etiquetado frontal se encaminaba a la aprobación en la Cámara de Diputados, que puso punto final a un debate extenso y áspero, cruzado por intereses económicos.

El proyecto de ley de etiquetado de alimentos representa un avance para los consumidores.
El proyecto de ley de etiquetado de alimentos representa un avance para los consumidores.

Estarán exceptuados el azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y la sal común de mesa, aunque en la reglamentación podrían sumarse otros productos. Si además contienen edulcorantes o cafeína, se añadirán leyendas para evitar su consumo en niños.

Una por una, las claves de la Ley de Etiquetado Frontal

  • El sello con la información tendrá la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. Estará en la parte frontal de los envases y su tamaño no será nunca inferior al 5% de la superficie.
  • Busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas alcohólicas.
  • Advierte los excesos de componentes en los productos, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Las etiquetas deberán decir el exceso que contienen.
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia. Debe decir: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”. En caso de contener cafeína deberá decir: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
  • Se exceptúa de la colocación del sello en la cara principal del envase al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas alcohólicas que contengan un sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etc.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
Etiquetado Frontal. A un paso de convertirse en ley en Argentina. (Foto: gentileza Lisandro Paolini desde Chile)
Etiquetado Frontal. A un paso de convertirse en ley en Argentina. (Foto: gentileza Lisandro Paolini desde Chile)
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos o la promesa de entrega de obsequios, premios.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito.
  • Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Está dirigida a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas alcohólicas en toda la Argentina.
  • Los valores máximos de azúcares, grasas y sodio establecido deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
  • Los alimentos y bebidas alcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos del Sistema Educativo Nacional.
  • El Estado argentino priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
Góndolas chilenas. Los alimentos poco saludables tienen etiquetados muy visibles. (Duna.cl)
Góndolas chilenas. Los alimentos poco saludables tienen etiquetados muy visibles. (Duna.cl)

Qué son los etiquetados

Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), un etiquetado se trata de cualquier marbete, rótulo, marca, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, marcado en relieve o en huecograbado o adherido al envase de un alimento.

El etiquetado incluye cualquier material escrito, impreso o gráfico que contiene la etiqueta, acompaña al alimento o se expone cerca del alimento, incluso el que tiene por objeto fomentar su venta o colocación.