Condenaron a un piquense a tres años de prisión por defraudación y estafa

Nino Adrián Bonivardo fue acusado de estafar a más de 15 personas con sus tarjetas de crédito.

Nino Adrián Bonivardo (Facebook)
Nino Adrián Bonivardo (Facebook)

En un procedimiento de juicio abreviado, el juez de control Carlos Matías Chapalcaz condenó este martes a Nino Adrián Bonivardo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor de los delitos de defraudación mediante el uso de tarjeta de crédito (29 hechos), estafa (cuatro) y defraudación mediante el uso de tarjeta de crédito, en grado de tentativa (dos), y coautor de frustración maliciosa del pago de cheque, hechos todos que concursan materialmente entre sí.

El abreviado fue suscripto entre el fiscal general Máximo Orlando Paulucci, los defensores particulares Rodrigo Adrián Villa y Georgina Lis Bonivardo y el propio imputado. Las partes convinieron, además, que Bonivardo, un comerciante de 35 años, oriundo de General Pico y residente en Santa Rosa, con instrucción universitaria, deberá resarcir "en concepto de reparación del perjuicio" a algunos de los 15 damnificados.

Las defraudaciones y estafas, agrupadas en seis expedientes distintos, se cometieron entre julio de 2018 y febrero de este año y en la mayoría de los casos, el acusado habría obtenido datos personales de las víctimas porque ellas habían sido clientes de la empresa Password Viajes y Turismo, adonde Bonivardo trabajó hasta octubre pasado.

"Más allá del reconocimiento realizado por el imputado al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados", señaló Chapalcaz en el fallo. "A dicha conclusión arribo considerando que se incorporó abundante prueba de cargo, como lo declarado por los damnificados, la vasta documental respaldatoria de esos dichos, y lo que surgió de las intervenciones telefónicas, aperturas de celulares y allanamientos".

También se observó "un sinnúmero de conductas dolosas tendientes a defraudar a las víctimas, ya sea mediante la utilización sin autorización y en desconocimiento de los titulares, de sus cuentas bancarias, disponiendo de sumas de dinero, vendiendo paquetes de viajes cuyas reservas o contrataciones no habían sido realizadas, a través del uso de tarjetas de créditos de terceros sin autorización y en desconocimiento de los titulares, quedando en este caso dos hechos en grado de tentativa", dice la sentencia.

Por último, Chapalcaz señaló que también se acreditó "como hecho independiente y en el carácter de coautor, el haber entregado cheques al pago, y posteriormente dar la contraorden de no pago, con la plena y clara intención de impedir su cobro".