Las indefiniciones de Omar Perotti, tienden a canalizarse en la figura de un proyecto alternativo. Así, el único senador santafesino que faltaba por expedirse respecto de su posición frente a la votación en la Cámara Alta por el aborto legal a definirse en el recinto este 8 de agosto, apura la presentación de un texto que difiere del aprobado en Diputados, en una estrategia con la que busca pagar el menor costo político en de cara a su carrera electoral del año entrante para gobernador de Santa Fe.
La iniciativa, según trascendió, elimina el derecho de la mujer de acceder a un aborto legal, seguro y gratuito, que es clave en el proyecto que se votó en Diputados. En este caso, el planteo que busca insertar Perotti estipula despenalizar a la mujer, siempre y cuando esgrima una causa que sea considerada motivo suficiente por un médico o un juez. En este casa se mantiene la punibilidad de la interrupción voluntaria del embarazo, aunque morigerada.
Con el texto en manos de algunos senadores que con sus adhesiones ayudarían a que la propuesta al menos pueda discutirse en la Cámara Alta, se define la postura de Perotti que es la de votar en contra de la iniciativa que logró media sanción en Diputados, y con us rechazo se encolumna tras la postura que ya adelantó el senador Carlos Reutemann, dejando a María de los Ángeles Sacnun, como única legisladora santafesina que votará a favor.
Según difundió el diario Rosario/12, el plan de Perotti propone modificar el Código Penal para "regular la Interrupción Legal del Embarazo (IVE) y garantizar la atención integral de la mujer en el acceso al mismo". Entonces, depara penas de 3 a 10 años de prisión a quien cause un aborto sin consentimiento de la mujer gestante, y hasta 15 años si ella muere por esa práctica. Y con 3 meses a 1 año si el aborto se hiciera con el consentimiento de la embarazada. Esto es más gravoso que el texto actual del Código Penal.
Postula que el aborto no sea punible para el médico si lo hace para salvar la vida de la gestante, su salud física o mental (excluye la aclaración “si este peligro no puede evitarse por otros medios”); si el embarazo es consecuencia de abuso sexual (a cualquier mujer, no solo a las idiotas o dementes como hoy dice la ley), con el requerimiento y declaración jurada de la mujer; y en caso de que la vida del feto se diagnostique como inviable. La declaración jurada como forma de exculpar al médico es la forma en la que en muchos efectores de salud pública de Santa Fe se cumple con la IVE. La Red de Profesionales por el Derecho a Decidir duda de que eso pueda trasladarse con éxito a otras provincias, donde prima más la negación al derecho de la mujer en este asunto.