Saludable para el bolsillo: proponen el ingreso libre de alimentos en espectáculos

El proyecto, llevado adelante por la concejal Norma López, se aplicaría en cines, teatros, circos, eventos deportivos y recitales.

El proyecto es llevado adelante por la concejal Norma López. (Village)
El proyecto es llevado adelante por la concejal Norma López. (Village)

Los consumidores se ven limitados a la hora de adquirir algún producto cuando asisten a un espectáculo y caen en reiterados "abusos"de empresarios u organizadores de estos eventos. Lo cierto es que la concejal Norma López presentó un proyecto para resguardar a los ciudadanos de estas prácticas y que plantea el libre ingreso de alimentos y bebidas.

La iniciativa se aplicaría en cines, teatros, circos, establecimientos de espectáculos deportivos o de recitales, muestras artísticas, entre otros.

Proponen el ingreso libre de alimentos en espectáculos. La iniciativa se aplicaría en cines, teatros, circos,...

Posted by Vía País on Monday, November 6, 2017

La concejal explicó que decidió llevar adelante este proyecto a raíz "de los constantes reclamos de rosarinos". Y precisó: "En los establecimientos en donde se desarrollan espectáculos se prohíbe a la gente ingresar con bebidas o alimentos adquiridos fuera de dicho lugar. Una locura que los ciudadanos no puedan tener la libre elección de compra".

"La avivada de los empresarios va claramente contra los derechos de los ciudadanos", sostuvo.

La edil manifestó que "que se establezca la prohibición de ingresar con bebidas o alimentos adquiridos fuera del establecimiento, aún cuando su consumo no está prohibido". Para López, esta "prohibición atenta contra libertad de los ciudadanos de ejercer sus derechos como consumidores, al ser obligados a adquirir productos acotados por menúes poco variados, que no respetan las necesidades y preferencias diversas, y que además suelen presentar precios elevados por sobre lo habitual".

López esbozó que esta norma implícita no está amparada en la ley y "parece contrariar una serie de derechos implícitos en diversas normativas que integran nuestro ordenamiento jurídico".

Y añadió: "Esta ordenanza se ampara en el artículo 8 bis de la ley nacional 24.240 de defensa al consumidor y en el Código Civil —en vigencia desde el mes de agosto de 2015—, que en su artículo 1.099 sostiene que «están prohibidas las prácticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo»".